RESOLUCIÓN Nº 379
VISTO:
La Ley 13.688 de Educación Provincial, en su artículo 2 establece que “La
educación y el conocimiento son bienes públicos y constituyen derechos
personales y sociales, garantizados por el Estado”.
La nota de fecha 2 de Mayo 2018, presentada
por el Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB), dirigida a la Gobernadora de
la Provincia de Buenos Aires Señora María Eugenia Vidal,
CONSIDERANDO:
Que, el sistema educativo de la
Provincia de Buenos Aires es uno de los más importantes de Latinoamérica, por
su dimensión cinco millones de alumnos, trescientos mil docentes, y veintiún mil
servicios educativos.
Que, en su articulado la Ley
13.688 establece:
ARTÍCULO 3.- La
educación es una prioridad provincial y constituye una política de Estado para
construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional,
profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana, respetar
los derechos humanos y las libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo
económico-social sustentable de la Provincia en la Nación.
ARTÍCULO 5.- La
Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación,
tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y
supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para
todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social
en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la
comunidad educativa.
ARTÍCULO 6.- La Provincia garantiza el derecho
social a la educación. Son responsables de las acciones educativas el Estado
Nacional y el Estado Provincial en los términos fijados en el artículo 4º
de la Ley de Educación Nacional. Podrán ejecutar acciones educativas
bajo supervisión de la Provincia, de manera complementaria y no supletoria
de la educación pública, los municipios, las confesiones religiosas reconocidas
oficialmente y las organizaciones de la sociedad civil.
ARTÍCULO 8.-. La
Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación,
garantiza el acceso de todos los habitantes a la información y al conocimiento
como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con
crecimiento económico y justicia social.
ARTÍCULO 9.- La
Provincia garantiza el financiamiento del Sistema Educativo Provincial
conforme a las previsiones de la presente Ley y a las metas establecidas
en la Ley Nacional 26.075. A estos efectos destinará al sostenimiento
de la educación, los recursos prescriptos en el presupuesto consolidado
de la Provincia, otros ingresos que se recauden por vía impositiva, la
normativa vigente en materia de herencias vacantes y demás fondos provenientes
del Estado Nacional, las agencias de cooperación internacional y de otras
fuentes.
Que, tanto el Estado Provincial, como el
Nacional tienen responsabilidades indelegables, en tanto garantes de la
educación pública gratuita y de calidad, el derecho social a la educación y el
resguardo de los derechos de los docentes.
Que, este año son mayores las restricciones en
las políticas públicas y en el financiamiento educativo, siendo cada vez más
notorio el proceso de desfinanciamiento de la Educación Pública, impactando en
la cotidianidad de las escuelas y en el desarrollo social del proyecto
educativo.
Que, el Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB) le solicita a la
Gobernadora, una reunión para constituir una agenda común, abordando cuestiones
relacionadas con la grave situación actual de la Educación Pública en la
Provincia de Buenos Aires, a saber infraestructura escolar, falta de cargos
docentes, cierres de cursos y escuelas, educación superior, servicio
alimentario escolar, IOMA, licencias médicas, paritarias, entre otros tantos
temas.
Que, en nuestro distrito más de 65 alumnos
siguen sin ser escolarizados por la falta de designación de los docentes de las
aulas de aceleración aprobadas para el distrito en la EES 1, al igual que la
falta de cobertura de cargos esenciales para el funcionamiento de las
Instituciones educativas que superan los 200 cargos contabilizando todos los
niveles de enseñanza y que comprenden los equipos de orientación escolar,
bibliotecarios, preceptores, maestros integradores y cargos de conducción.
Que, la Ley 14.735 se dictó con
el fin de garantizar el acceso de los niños, niñas y jóvenes que asisten a las
escuelas de la Provincia de Buenos Aires y
prevé el alcance del boleto estudiantil gratuito a los alumnos de los
distintos niveles educativos de la Provincia, incluido el Nivel Terciario; como
se explicita en el ARTÍCULO 2
que establece “El Boleto Especial Educativo será de
carácter gratuito y alcanzará a los estudiantes pertenecientes al nivel
inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación
profesional y bachilleratos populares…”.Que, por Decreto 863/16 se dio a
conocer la Reglamentación de la Ley 14.735 y los Institutos Terciarios no están
incluidos en el boleto estudiantil y la probabilidad de obtener la beca
Progresar es casi nula.
Que, los organismos dependientes de DIEGEP en
nivel Terciario, ven reducido el aporte estatal luego de iniciado el ciclo
lectivo, corriendo el riesgo de no garantizar la terminalidad del mismo, siendo
oferta única en la región.
Que, sin diálogo alguno, se traspasa la
dependencia de los CFP conveniados a la órbita del Ministerio de Trabajo, con
todos los perjuicios ya denunciados.
Que, la
DGEy C, a través de la Resolución M N° 1736/18 transforma el rol de los Equipos de Orientación Escolar (EOE) que
pertenecen a la Planta Orgánico Funcional de las Instituciones Educativas en
Equipos Interdisciplinarios de Distrito,
incumpliendo no sólo la Ley Provincial de Educación N° 13688, en su
artículo 43, sino también modificando unilateralmente las R.M 3367/05 y 1004/09
en lo referente a la modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
Que, en los últimos días tuvimos conocimiento
de una reforma en la Currícula de Educación Técnica que implica la disminución
de Horas en el Plan de Estudio en áreas centrales del conocimiento y la
formación de los alumnos, y sus
correspondientes consecuencias laborales
Que, el sistema de licencias establecido no
sólo no atiende a la salud laboral; sino que genera más inequidades que las que
soluciona a docentes y auxiliares. Las
falencias de carga de licencias a partir
del nuevo aplicativo no
contemplan las necesidades tecnológicas de la aplicación....nuevamente somos un
excel, sin columna para los agentes como personas, generando la falta de
cobertura de cargos y de cobro para aquellos que asumieron las licencias.
POR ELLO: EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE APRUEBA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
Articulo1°: El Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, expresa su repudio, al
desfinanciamiento de la Educación Pública, generado por el actual Gobierno
Provincial.-
Articulo
2º: El Honorable
Concejo Deliberante expresa y manifiesta su solidaridad ante todas y cada una
de las preocupaciones planteadas por el Frente de Unidad Docente Bonaerense en
nota dirigida a la gobernadora Vidal, y apoya su intención de reunirse con el
Departamento Ejecutivo Provincial para generar una agenda conjunta, que aborde
la grave situación de la Educación Pública, Gratuita y de Calidad de la
Provincia de Buenos Aires.-
Articulo 3°: Comuníquese a la Gobernadora de la Provincia de
Buenos Aires Señora María Eugenia
Vidal.-
Articulo 4°: Solicitase a los Honorables Concejos Deliberantes de los distritos vecinos se
expresen en el mismo sentido.-
Articulo
5°: Comuníquese al
Departamento Ejecutivo.
Artículo 6°:
Solicitar a la Secretaría de Educación y a la Dirección Gral. de Escuelas de la
Provincia de Buenos Aires, la revisión del Plan Federal de Internet, en
particular en el distrito de San Andrés de Giles, donde se ha constatado su no
funcionamiento.
Artículo 7°:
Expresar el beneplácito por la media sanción del proyecto de ley que declara la
Emergencia de Infraestructura en materia educativa y solicitar su pronta
aprobación por parte del Senado de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 8:
De forma.
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión
Ordinaria celebrada el día 6 de septiembre de 2018.-
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