ORDENANZA Nº 2000
Visto:
Las actuaciones contenidas en el
expediente administrativo Municipal Nº 4101-0759/2016 y el modelo del convenio
suscripto entre la Dirección de Vialidad
de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, y:
Considerando:
Que el objeto del mismo es la puesta en servicio temporalmente al
Municipio por parte de la Dirección de Vialidad y
con el control del Departamento Zona IIª –MORON- de una retroexcavadora de alta capacidad y
sistema de transporte de oruga, con su
correspondiente equipista.
Que, el equipo mencionado
precedentemente, será afectado a las tareas a realizarse en caminos de la red
vial de tierra, en jurisdicción del Partido de San Andrés de Giles.
Que las actuaciones inherentes al tema que nos ocupa, se tramitan en el
ámbito de la DVBA a través de su expediente 2410-519/2013 -Alcance 18
Que mediante la ordenanza Nº 1983 sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante , durante la Sesión Extraordinaria celebrada el día 8 de marzo del
año en curso se dispone la homologación del Convenio suscripto.
Que la norma legal fue promulgada por decreto Nº 0679 dictado por el
Departamento Ejecutivo el día 13 de marzo de 2017.
Que ambos actos fueron oportunamente notificados a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;
Que con fecha 4 de abril de 2017, el Organismo remite nuevamente el
expediente 2410-519/2013 –Alcance 18, indicando que se ha modificado el
encuadre legal del convenio adjuntando el mismo solicitando que se dicte la
Ordenanza Municipal y su decreto promulgatorio,
que avale el compromiso a asumir por la Municipalidad ( se adjunta copia
del escrito a Fs. 17 del expediente administrativo Municipal Nº 4101-0759/2016)
Que se encuentra agregado al mentado expediente el modelo de convenio a
suscribir, el cual no ha sufrido modificaciones sustanciales de fondo con
respecto al anterior sino de forma;
Que han intervenido la Asesoría Letrada y la Contaduría de la
Municipalidad
Que, resulta
conveniente a los intereses del Municipio
contar con el vehículo descripto, teniendo en cuenta la extensa red de
caminos rurales que debe mantener el mismo.
Que el término del convenio excede el
presente ejercicio;
Que corresponde al Honorable Concejo
Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir el referido
Convenio.
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades legales que le
son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a
suscribir el convenio cuyo modelo adjunta
como anexo I y forma parte de la presente ordenanza , con la Dirección
de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Ingeniero Marcelo Omar Negrelli a cargo del
Departamento Zona IIª Morón y el señor Gerente Ejecutivo Ing. Esteban Andrés
Perera “Ad Referendum” del señor Administrador General Ing. MARIANO DANIEL
CAMPOS y la
Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr.
Intendente Municipal CPN Carlos Javier Puglelli , mediante el cual la Dirección
de Vialidad pone al servicio de nuestro Municipio y con el control del
Departamento Zona IIª- Morón , una retroexcavadora de alta capacidad y sistema de transporte de
oruga con su correspondiente equipista
para ser afectada a tareas a en caminos de tierra de la red vial
provincial en jurisdicción de nuestro partido.
Artículo 2º: Autorízase
al D.E. a afectar los fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir
las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de
afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación
asumida en el convenio objeto de la presente ordenanza, hasta la finalización
de la vigencia del mismo.
Artículo 3º: De
forma.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
26 de abril de 2017.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario