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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2000/17 Convenio de cesión de retroexcavadora.

ORDENANZA Nº 2000

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-0759/2016 y el modelo del convenio suscripto  entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, y:

Considerando:
Que  el objeto del mismo es  la puesta en servicio temporalmente al Municipio por parte   de la Dirección de Vialidad y con el control del Departamento Zona IIª –MORON-  de una retroexcavadora de alta capacidad y sistema de transporte de oruga,  con su correspondiente equipista.

Que, el equipo mencionado precedentemente, será afectado a las tareas a realizarse en caminos de la red vial de tierra, en jurisdicción del Partido de San Andrés de Giles.
                           
Que las actuaciones inherentes al tema que nos ocupa, se tramitan en el ámbito de la DVBA a través de su expediente 2410-519/2013 -Alcance 18
                              
Que mediante la ordenanza Nº 1983 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante , durante la Sesión Extraordinaria celebrada el día 8 de marzo del año en curso se dispone la homologación del Convenio suscripto.
                             
Que la norma legal fue promulgada por decreto Nº 0679 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 13 de marzo de 2017.
                              
Que ambos actos fueron oportunamente notificados     a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;
                                
Que con fecha 4 de abril de 2017, el Organismo remite nuevamente el expediente 2410-519/2013 –Alcance 18, indicando que se ha modificado el encuadre legal del convenio adjuntando el mismo solicitando que se dicte la Ordenanza Municipal y su decreto promulgatorio,  que avale el compromiso a asumir por la Municipalidad ( se adjunta copia del escrito a Fs. 17 del expediente administrativo Municipal Nº 4101-0759/2016)
                                
Que se encuentra agregado al mentado expediente el modelo de convenio a suscribir, el cual no ha sufrido modificaciones sustanciales de fondo con respecto al anterior sino de forma;
                                 
Que han intervenido la Asesoría Letrada y la Contaduría de la Municipalidad 

Que, resulta conveniente a los intereses del Municipio  contar con el vehículo descripto, teniendo en cuenta la extensa red de caminos rurales que debe mantener el mismo.
                               
Que el término del convenio excede el presente ejercicio;
                               
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir el referido Convenio.
       
Por ello  el  Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º:   Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio cuyo modelo adjunta  como anexo I y forma parte de la presente ordenanza , con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por el  Ingeniero Marcelo Omar Negrelli a cargo del Departamento Zona IIª Morón y el señor Gerente Ejecutivo Ing. Esteban Andrés Perera “Ad Referendum” del señor Administrador General Ing. MARIANO DANIEL CAMPOS y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal CPN Carlos Javier Puglelli , mediante el cual la Dirección de Vialidad pone al servicio de nuestro Municipio y con el control del Departamento Zona IIª- Morón , una retroexcavadora  de alta capacidad y sistema de transporte de oruga con su correspondiente equipista   para ser afectada a tareas a en caminos de tierra de la red vial provincial en jurisdicción de nuestro partido.

Artículo 2º: Autorízase al D.E. a afectar los fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación asumida en el convenio objeto de la presente ordenanza, hasta la finalización de la vigencia del mismo. 

Artículo 3º: De forma. 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 26 de abril de 2017.- 

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