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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1976/16 Apertura de calle - Scatolaro y Santa Maria.

ORDENANZA Nº 1976

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-08126/16;

Considerando:
Que las mismas tienen su origen en la presentación referente a la aprobación del proyecto de  “ Mensura, División y cesión de calles” sobre una fracción  de terreno identificados con la Nomenclatura Catastral: Circunscripción XI, Parcela 1469 del partido de San Andrés de Giles;

Que de acuerdo a lo informado por la Directora de Planeamiento y Obras Particulares, dependiente  de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, se desprende lo siguiente:
·  Que no existe para el área un trazado preventivo, por lo que se realizó un proyecto de apertura de calles dentro de los macizos existentes.
·  La zona donde se encuentra emplazada la parcela es rural, y la misma se encuentra en la actualidad, frente a una calle existente.
·  La zona rural prevé subdivisiones según lo dispuesto por el artículo 53° del decreto ley N° 8912/77, con carácter rural.                   
·  Que en la parcela existe una edificación con planos aprobados, por lo tanto n o adeuda construcción.
·  La calle propuesta cumplirá con el ancho mínimo reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según el proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos , una vez cumplimentado esto, como el resto de los servicios exigidos (amojonado y desagues pluviales) .

Que  la Asesoría Letrada del Municipio han emitido dictamen al respecto.

Que para generar la subdivisión planteada se requiere de la apertura de una calle que no se encuentra previsto en el trazado original. 

Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación,  construcción y conservación de  calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,  las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
                                  
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorízase la apertura de calle a ceder , según trazado que figura a fs. 8 del expediente nº 4101-812/16 , en virtud de lo requerido por los Sres. Reynaldo Scatolaro y Carlos Santamaria .

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,  construcción  de  alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción  hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez   realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérense al uso público la calle  abierta e incorpórense las mismas al dominio municipal .

Artículo 4º: De forma.-


Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 28 de diciembre de 2016.-

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