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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1970/16 Convenio de adquisicion de camión y tractor.

ORDENANZA Nº 1970

Visto:
El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0796/2016,
y;

Considerando:
Que el mismo contiene las actuaciones correspondientes al Convenio suscripto entre la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y la Municipalidad de San Andrés de Giles,

Que el  decreto N° 212/2015 establece que la Secretaria de Asuntos Municipales es la encargada de entender en las cuestiones locales y en la asistencia técnica a los Municipios, para la modernización de los sistemas administrativos y el fortalecimiento de la gestión.

Que la citada norma legal, también establece que la Secretaria de Asuntos  Municipales debe colaborar con el mejoramiento de la calidad de los servicios comunitarios y el desarrollo económico y social.

Que la Secretaría tiene como objetivo la modernización del sector público municipal, posibilitando que los gobiernos locales puedan brindar una gestión de calidad que permita estrechar lazos con la comunidad.

Que ha intervenido en las actuaciones del mentado expediente el señor Contador Municipal;

Que asimismo el señor Secretario de Obras y Servicios ha indicado en su dictamen, que existe la necesidad de contar con nuevo equipamiento automotor en el ámbito de esa Secretaría.

Que se cuenta además con el dictamen de la señorita Asesora Letrada de la Municipalidad;

Que corresponde al HCD disponer la homologación del acuerdo celebrado de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la presente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Homológase el Convenio Específico de Cooperación y sus anexos I y II  suscriptos entre la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y la Municipalidad de San Andrés de Giles, el que regirá la forma y condiciones en que se brindará al Gobierno Municipal asistencia técnica para su modernización, así como la transferencia de fondos para que se adquiera el equipamiento descripto en el Anexo I la rendición de cuentas de fondos a transferir al Municipio (Anexo II)  y que forman  parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, en virtud de lo establecido en el último párrafo del artículo 119 de la L.O.M. y por tratarse de financiamiento con recursos afectados , a ampliar y/o crear partidas presupuestarias , según el monto de los recursos efectivamente autorizados y acordes con la finalidad a que deben ser aplicados.

ARTICULO 3º: Según los clasificadores presupuestarios por objeto de gasto previsto por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 ( Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), la imputación del gasto corresponde efectuarse en el ejercicio vigente en la siguiente cuenta presupuestaria:

Fuente de Financiamiento                 133:   De origen nacional.
Jurisdicción:                          1110100000:  Departamento Ejecutivo.
Subjurisdicción:                   1110105000:   Secretaría de Obras y Servicios
Categoría Programática:                      50:   Prestación de Servicios en el ejido urbano.
Actividad:                                    01:   Mantenimiento y conservación en el ejido urbano.
Inciso:                                            4:    Bienes de uso
P.Principal:                                    3:    Maquinaria y Equipo
Partida Parcial:                              2:    Equipo de transporte, tracción y elevación.

ARTICULO 4º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio y sus Anexos I y II cuya homologación se dispone por la presente Ordenanza.

ARTICULO 5º: De forma.- 
  
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 23 de noviembre de 2016

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