ORDENANZA Nº 1957
Visto:
El
Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0518/2016 , y;
Considerando:
Que el
mismo contiene las actuaciones correspondientes al Convenio suscripto entre la
Dirección Provincial de Mantenimiento dependiente del Ministerio de
Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires;
Que
el mencionado instrumento contractual
regirá la forma y condiciones en que se ejecutarán las tareas de realización de
la obra denominada “Limpieza del Arroyo Suero” , en un todo de acuerdo a las
condiciones técnicas en la Memoria Descriptiva y croquis adjuntos al referido
convenio;
Que las
tareas acordadas en el marco del acuerdo , consistirán en la ejecución a cargo
de la nombrada Dirección Provincial, de la obra de limpieza mencionada , la dirección técnica de la misma y la
inspección de los trabajos convenidos , y que se detallan en las cláusulas y
condiciones establecidas en el mismo que
como Anexo A, forma parte integrante de la presente Ordenanza ,
para lo cual dicha Dirección
aportará temporalmente el personal y el equipo necesario para llevar adelante
los trabajos.
Que el señor Secretario de Obras y Servicios
ha intervenido en las actuaciones del expediente referido en el visto de la
presente, indicando en su dictamen, que la limpieza del Arroyo Suero , mejorará
el escurrimiento de los excedentes
hídricos de su correspondiente cuenca;
Que
ha intervenido asimismo el señor Contador Municipal y la señorita Asesora
Letrada de la Municipalidad; mediante la formulación de sus respectivos
dictámenes;
Que
corresponde al HCD disponer la homologación del acuerdo celebrado de acuerdo a
lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias ,
sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase
el Convenio suscripto entre la Dirección Provincial de Mantenimiento
dependiente del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires;
la Municipalidad de
San Andrés de Giles, el que regirá la forma y condiciones en que se ejecutarán
las tareas de realización de la obra denominada “Limpieza del Arroyo Suero”, en
un todo de acuerdo a las condiciones técnicas en la Memoria Descriptiva y
croquis adjuntos al referido convenio y
que consistirán en la ejecución a cargo
de la nombrada Dirección Provincial, de la obra de limpieza mencionada, la dirección técnica de la misma y la
inspección de los trabajados convenidos en un todo de acuerdo con las cláusulas
y condiciones establecidas en el convenio suscripto, que como Anexo A, forma
parte integrante de la presente Ordenanza
para lo cual aportará temporalmente el personal y el equipo necesario
para llevar adelante dichos trabajos.
Artículo 2º: El Honorable
Concejo Deliberante deberá autorizar al Departamento Ejecutivo, a comprometer
fondos que excedan de un ejercicio, de acuerdo a lo normado por el artículo
273º de la LOM.
Artículo 3º Facúltase al
Departamento Ejecutivo a introducir las modificaciones presupuestarias
pertinentes para afrontar los gastos que se derivan del convenio suscripto,
debiéndose efectuar asimismo las previsiones presupuestarias para los
ejercicios siguientes que correspondan
Artículo
4º: De forma
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 9 de noviembre de 2016.-
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