RESOLUCIÓN Nº 343
Visto:
El Decreto Nº 790/16 que dispone la ejecución del
recálculo de los valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus
edificios, y de las mejoras rurales y sus plantaciones, y la constitución de
las Comisiones Asesoras que intervendrán en cada distrito; y
Considerando:
Que la intención de revalúo fiscal
de la tierra, propuesta por la agencia de recaudaciones de la provincia implica
aumentos sustanciales.
Que no tenemos certeza de la implicancia de lo que ello pueda derivar con respecto al aumento en el
impuesto inmobiliario u otros impuestos relacionados
Que no conocemos la formula u
algoritmo que se aplicó para obtener los nuevos valores propuestos
Que en las reuniones con
funcionarios provinciales manifestaron la necesidad de equiparar el valor
fiscal al valor de mercado de las propiedades
Que nuestra ciudad al igual que
muchas de la provincia de Buenos Aires, está atravesada por un proceso de
recalentamiento del mercado inmobiliario, influenciado por varios factores
(escasa oferta de lotes, alta demanda, llegada de las autovías, etc.)
Que estos factores distorsionan el
mercado inmobiliario adquiriendo las propiedades los precios de la especulación
inmobiliaria, en un mercado fuertemente intervenido por pocos actores.
Que en nuestro municipio se han
llevado a cabo varias experiencias de formación de suelo urbana a través del
estado municipal como también de entidades gremiales que demostraron que el
verdadero valor del suelo urbano es del 25 a 30 % de lo que cotiza el mercado.
Que este Honorable Cuerpo estima
oportuno actualizar la valuación fiscal
Que para desarrollar un trabajo
serio y eficaz sobre la valuación fiscal de la tierra se requieren más que 30
días de estudio.
Que para llevar adelante dicho
propósito sería pertinente enriquecer el trabajo incorporando otros actores
valiosos de nuestra ciudad como: Colegio de Martilleros, Agrimensores y demás
profesionales con experiencia en la materia dentro del territorio.
Que tal lo establece la Resolución
citada las Comisiones Asesoras sólo podrán modificar los valores propuestos por
unanimidad, cuando la diferencia en discusión supera el 10% de lo pautado, lo
que llevaría a este Cuerpo a convalidar los valores unitarios básicos indicados
por ARBA aún cuando no esté de acuerdo.
Por ello en uso de atribuciones que le son
propias el Honorable Concejo deliberante aprueba la siguiente:
Artículo
1°: Expresar nuestro rechazo
a los valores propuestos para el revalúo fiscal del suelo urbano de San
Andrés de Giles por la Agencia de Recaudaciones de la Provincia de Buenos Aires
(ARBA).
Artículo
2°: Manifestar nuestra disconformidad con las formas y el tiempo propuesto para el
análisis de dichos guarismos.
Artículo
3°: Expresar nuestro
compromiso para conformar junto al
Ejecutivo Municipal y Provincial, un taller multidisciplinario que pueda generar una propuesta sería y coherente
al objetivo buscado.
Artículo
4°: De forma.
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