ORDENANZA Nº 1946
Visto:
Las actuaciones contenidas en el Expediente administrativo Municipal Nº
4101-0596/2016; y
Considerando:
Que las
mencionadas actuaciones contienen convenio
suscripto entre el Ministerio de
Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la
Municipalidad de San Andrés de Giles ad
referéndum del Honorable Concejo Deliberante;
Que el objeto del acuerdo es fijar
pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio para
materializar obras de Infraestructura;
Que con los recursos aportados por el mencionado
Ministerio a nuestro Municipio en el marco de este acuerdo será posible
concretar proyectos de obras y servicios públicos que resulten de interés
social;
Que las políticas
públicas adoptadas por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de
la Provincia de Buenos Aires .
Que el aporte de pesos cuatro millones ($4.000.000), brindado
por el Organismo Ministerial será destinado a financiar la terminación de la obra “Provisión del Servicio de Agua en
el Barrio Scully, cuyas parcelas han sido recientemente adjudicadas y del Servicio de Cloacas en el Barrio
Gracias a Dios”,
Que es
obligación de las partes bregar por el bien común y servir a la comunidad;
Que han intervenido en las actuaciones , al respecto mediante la
formulación de sus respectivos dictámenes, el señor Contador Municipal, el
señor Secretario de Obras y Servicios Públicos
y la señorita Asesora Letrada del Municipio;
Que se detalla en las mismas la respectiva
memoria descriptiva , croquis con indicación de las cuadras del servicio a
realizar, monto total de la obra en cada caso y su correspondiente plazo de
ejecución ,
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la homologación
del acuerdo aludido;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades
legales que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º : Homológase el Convenio suscripto entre el señor Intendente
Municipal y Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos de la Provincia de Buenos Aires
cuyo
objeto es fijar pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un
subsidio para materializar obras de Infraestructura consistentes en “Provisión
del Servicio de Agua en el “Barrio Scully”
y del Servicio de Cloacas en el Barrio Gracias a Dios”,
Artículo 2º: Autorízase
al señor Intendente Municipal a
suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo
dispuesto en el Convenio mencionado.
Artículo 3º: En el marco
del referido convenio y en virtud de lo establecido por el último párrafo del
Artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al tratarse de
financiamiento con recursos afectados, las ampliaciones o creaciones de
Partidas Presupuestarias se practicarán directamente por el Departamento
Ejecutivo, según el monto de los recursos efectivamente autorizados y acordes
con la finalidad a que deban ser aplicados.
Artículo 4º: De forma.-
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