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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1858/15: Acta acuerdo de asistencia técnica.

ORDENANZA Nº 1858

Visto:
El Acta Acuerdo de Asistencia Técnica  suscripto entre la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda  de la Provincia de Buenos Aires, y la Municipalidad del partido de San Andrés de Giles; y
Considerando:

Que el acuerdo tiene por objeto que la mencionada Secretaría  brinde asistencia técnica en materia de ordenamiento urbano y territorial, y planificación de la infraestructura municipal ; así como también , optimizar la articulación de los instrumentos normativos municipales emergentes de las actividades previstas en el mismo , en el marco de lo prescripto en el Decreto Ley 8912/77 y/o normas complementarias               

Que han intervenido al respecto mediante la formulación de sus respectivos dictámenes, el señor Secretario de Obras y Servicios, la señora Directora de Planeamiento y Obras Particulares, el señor Contador Municipal,  y la señorita  Asesora Letrada, de la Municipalidad;

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la homologación del acuerdo celebrado;

Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el Acta Acuerdo de Asistencia Técnica  suscripto entre la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda  de la Provincia de Buenos Aires, y la Municipalidad del partido de San Andrés de Giles, cuyo objeto es que la mencionada Secretaría brinde asistencia técnica en materia de ordenamiento urbano y territorial, y planificación de la infraestructura municipal ; así como también , optimizar la articulación de los instrumentos normativos municipales emergentes de las actividades previstas en el mismo , en el marco de lo prescripto en el Decreto Ley 8912/77 y/o normas complementarias,  que como Anexo I se agrega y forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio cuya homologación se dispone por la presente Ordenanza.

Artículo 3º: En el marco del acuerdo celebrado  y en virtud de lo establecido en la cláusula tercera del acta que por la presente Ordenanza se homologa, en caso que la Municipalidad debiera incurrir en algún gasto, en cada caso a erogar, deberá requerirse previamente la intervención de la Contaduría Municipal, a efectos de dictaminar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria del la Municipalidad para afrontarlos.

Artículo  4º:  De forma.

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