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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1833/15: Convenio urbanista con la familia Gallo.

ORDENANZA Nº 1833

Visto:
El convenio, con sus respectivos anexos, suscriptos entre el Sr. Intendente Municipal Cr. Carlos J. Puglelli y los Sres. Ana Maria y Rodolfo GALLO, obrantes en el expediente N° 4101-0735-D/2014;  y

Considerando:
Que los  Sres. Gallo, resultan ser propietarios del inmueble cuya N.C. es Circ. IX, Parcela 933e, inscripto el dominio en la matrícula Nº 5812 (094)

Que las partes han acordado realizar un emprendimiento, con relación a la fracció identificada anteriormente.

Que dicho emprendimiento tiene por objeto promover el desarrollo urbano que incorporará suelo urbanizado, ampliando el tipo de loteo que la localidad de Cucullú hoy necesita.

Permite además destinar una manzana del fraccionamiento, para la instalación de la Planta de Almacenamiento y Vaporización de Propano y Red de Distribución de Gas Natural , con el fin de suministrar este servicio a los habitantes de la localidad.

Que, las partes de común acuerdo han confeccionado un croquis  -que se agregan como Anexo I  en el convenio-. Del mismo se desprende una subdivisión proyectada de las parcelas mencionadas.

Que en dicho acuerdo se han previsto los derechos, las obligaciones, y las  prestaciones a cargo de cada parte.

Que, los Sres. Gallo,  ceden gratuitamente  a la Municipalidad,   la manzana  identificada con el Nº 7 en el croquis que como Anexo I obra en este expediente,  

En la manzana cedida, se proyecta la instalación de una Planta de Almacenamiento y Vaporización de Propano y Red de Distribución de gas natural, para suministrar este servicio a los habitantes de la localidad de Cucullú.

Que la Municipalidad se compromete a realizar los trámites necesarios para promover el cambio de zonificación de las parcelas mencionadas, según el Proyecto Particularizado de Crecimiento Urbano obrante en este expediente y a llevar adelante las gestiones necesarias para que en el marco de la Ley de Hábitat Nº 14.449, se apruebe por los Organismos Provinciales pertinentes, la subdivisión señalada en el Anexo II.

Que, asimismo, el Municipio se hará cargo del costo y realización de la apertura de las calles que se proyectan, conforme lo establecido en el Anexo I.

Que al respecto se expidió la Asesoría Letrada no formulando objeciones al convenio en cuestión.

Que, también emitió opinión en igual sentido el Sr. Contador Municipal propiciando el agregado de una cláusula para autorizar al D.E. a realizar los gastos necesarios para llevar adelante este emprendimiento.

De igual manera se ha expresado la Dirección de Planeamiento y  Obras Particulares y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, ambas dependencias Municipales autoras de la iniciativa.

Que en virtud de lo normado por el art. 41 de la L.O.M. el convenio suscripto ,deberá ser homologado por el Departamento Deliberativo Municipal

Que también y de acuerdo a lo normado en el artículo 57 del mismo plexo normativo, corresponde al H.C.D. aceptar o rechazar las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad.

Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1°.-  Homológase el convenio suscripto entre  la Municipalidad de San Andrés de Giles y los Sres. Ana María y Rodolfo GALLO  con fecha 04 de marzo de 2015.

ARTICULO 2º:  En virtud de los términos del convenio que se homologa en el artículo precedente, acéptase la cesión gratuíta ofrecida por los Sres. Ana María y Rodolfo GALLO  al Municipio, de la manzana  identificada con el Nº 7 en el croquis que como Anexo I obra en el mentado expediente. (fs. 12). En la manzana cedida, se proyecta la instalación de una Planta de Almacenamiento y Vaporización de Propano y Red de Distribución de gas natural, para suministrar este servicio a los habitantes de la localidad de Cucullú.

ARTICULO 3°.- En el marco del referido convenio y en cada gasto a erogar, deberá requerirse  previamente la intervención de la Contaduría Municipal, a efectos de dictaminar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria del la Municipalidad para afrontarlos.

ARTICULO 4°.De forma.

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