ORDENANZA
Nº 1831
Visto:
Nota presentada por vecino de nuestra localidad s/
solicitar ampliación de las paradas actuales de taxis.
Considerando:
Que es de suma importancia contar con paradas fijas
para las licencias de taxis actuales y futuras;Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Derogase la ordenanza
nº 1793/14 y la ordenanza nº 1806/14.-
Artículo 2º: Modificase el artículo 10
de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Establécense como únicas parada de taxis a las ubicadas en las
intersecciones de las calles Rivadavia y Belgrano, Plaza Mitre, Terminal de
ómnibus, Hospital San Andrés, calle Belgrano Barrio Familia Propietaria, calle
Sarmiento Barrio Bicentenario, Plaza del Barrio Gracias a Dios, Plaza Cutillas,
San Martín y Alsina; Italia y Alsina; Colectora Norte y Avenida Cámpora;
Avenida Lucas Scully e Italia; Manchi, Barrio San Bernardo; Avenida Lucas
Scully y Chacabuco; Avenida España y Moreno; Colones Irlandeses y Malvinas
Argentinas. Las mencionadas paradas deberán ser debidamente identificadas y
señaladas, debiendo colocarse señalización vertical”
Artículo 3º: Modificase el artículo
11 de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Implementar un numero de dieciséis (16) licencias de taxis”.-
Artículo 4º: De forma.-
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