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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1831/15: Ampliación de paradas de taxis.

ORDENANZA Nº 1831

Visto:  
Nota presentada por vecino de nuestra localidad s/ solicitar ampliación de las paradas actuales de taxis.

Considerando:
Que es de suma importancia contar con paradas fijas para las licencias de taxis actuales y futuras;Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Derogase la ordenanza nº  1793/14  y la ordenanza nº 1806/14.-

Artículo 2º: Modificase el artículo 10 de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Establécense como únicas parada de taxis a las ubicadas en las intersecciones de las calles Rivadavia y Belgrano, Plaza Mitre, Terminal de ómnibus, Hospital San Andrés, calle Belgrano Barrio Familia Propietaria, calle Sarmiento Barrio Bicentenario, Plaza del Barrio Gracias a Dios, Plaza Cutillas, San Martín y Alsina; Italia y Alsina; Colectora Norte y Avenida Cámpora; Avenida Lucas Scully e Italia; Manchi, Barrio San Bernardo; Avenida Lucas Scully y Chacabuco; Avenida España y Moreno; Colones Irlandeses y Malvinas Argentinas. Las mencionadas paradas deberán ser debidamente identificadas y señaladas, debiendo colocarse señalización vertical”

Artículo 3º: Modificase el artículo 11 de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Implementar un numero de dieciséis  (16) licencias de taxis”.-


Artículo 4º: De forma.-

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