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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1825/15: Trasnferencia de partida del HCD.

ORDENANZA Nº 1825

VISTO:
La necesidad de este Departamento Deliberativo de someter  a consideración de este cuerpo el proyecto de compensación de los excesos producidos en el presupuesto de gastos relativo al Ejercicio 2014, y


CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a la sanción de una Ordenanza compensando los excesos producidos en partidas presupuestarias por gastos que estime de legítima procedencia;

Que los excesos producidos ascienden a la suma total de $ 3.000,00  y corresponden  a diversas cuentas del Presupuesto de Gastos de este H.C.D., producto del normal funcionamiento durante el Ejercicio 2014, relativos a Gastos en Personal, y Servicios no personales;

Que, en el caso, el Departamento Deliberativo propone financiar los excesos arrojados al cierre del ejercicio económico-financiero 2014 con  ahorros efectivamente obtenidos en relación a los gastos previstos en diversas partidas del Presupuesto con economías  producidas durante tal ejercicio.

Por lo expresado, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona con fuerza de  

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Compénsase los excesos presupuestarios registrados al cierre del ejercicio 2014 conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 67 de la LOM y en virtud de los fundamentos de la presente ordenanza.

ARTICULO 2°: En virtud de lo establecido en el artículo anterior, ampliase el Presupuesto de Gastos vigente, según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), con la ampliación y/o creación de las siguientes cuentas:
Fuente de Financiamiento   110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción                        1110200000: Honorable Concejo Deliberante
Actividad                            01: Tareas Legislativas
I.         PP       Pp        Psp
1          1          3          1          Antigüedad...................................................            $      1.000,00
3          3          3          0          Mantenimiento y reparación de maquinaria
                                               Y equipo…………………………………..  $      2.000,00
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS (AMPLIACIONES)                  $      3.000,00

Artículo 3º: Los créditos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior serán tomados de las siguientes partidas presupuestarias del Presupuesto de gastos relativo al ejercicio 2014, según los clasificadores presupuestarios previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires):
Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción                        1110200000: Honorable Concejo Deliberante
Actividad                            01: Tareas Legislativas
I.         PP       Pp        Psp
1          1          1          1          Personal Superior...........................................$   3.000,00

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS (DISMINUCIONES)                $  3.000,00

ARTICULO 4º: De forma.


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