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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1807/14: Autorizacion para los corsos 2015.

ORDENANZA Nº 1807

Visto:

La nota presentada por la Casa del Bicentenario de San Andrés de Giles, mediante la cual solicita autorización para la realización de los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2.015 y para la utilización de un tramo de la Avenida Lucas Scully con motivo del desarrollo de los mismos,  y;

Considerando:

Que, vencido el plazo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 501/99, la Casa del Bicentenario es la única entidad local que solicitó autorización para organizar los Corsos Oficiales de Carnaval correspondientes al año próximo;

Que en los últimos años los Corsos de Carnaval organizados por la Casa del Bicentenario se desarrollaron con éxito, con una concurrencia multitudinaria y contribuyendo a recuperar una fiesta popular;

Que, por lo expuesto, este Honorable Concejo Deliberante estima conveniente dar curso favorable al requerimiento, deseando además adherir a tan significativo acontecimiento popular;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase a la Casa del Bicentenario de San Andrés de Giles la realización de los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2.015.

Artículo 2º: Autorízase el cierre de la Avenida Lucas Scully en el tramo comprendido por   las intersecciones de la misma con las calles San Martín y Chacabuco, los días 14 y 15 de febrero de 2.015 en el horario de 17,00 hs a 1,30 hs del día siguiente, con motivo del desarrollo de los Corsos Oficiales de Carnaval; disponiéndose como fechas alternativas, en caso de suspensión, los días 16 y 17 de febrero del mismo año.

Artículo 3ºAutorízase a la entidad organizadora a vender alimentos, bebidas y artículos de cotillón, en un todo de acuerdo a las normas legales vigentes.

Artículo 4º: Comprométase a la entidad organizadora a contar con los medios de seguridad necesarios y los baños correspondientes y a dar cumplimiento a todas las normas legales vigentes con relación al mencionado evento.

Artículo 5º: Comprométase a la entidad organizadora a contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños personales y materiales de los asistentes y a hacerse cargo en forma exclusiva del pago de  todo impuesto que genere el referido evento.

Artículo 6º: Comprométase a la entidad organizadora a efectuar la limpieza del tramo aludido de la citada avenida, en forma posterior e inmediata al desarrollo de cada fecha de los Corsos de Carnaval.

Artículo 7º: Previa promulgación de la presente, comuníquese a la Casa del Bicentenario de San Andrés de Giles.

Artículo 8ºDe forma.


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