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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1754/14: Convenio con la Asesoría General de Gobierno.

ORDENANZA Nº 1754

Visto:

El expediente Nro. 4101-195/14, mediante el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con el programa de cooperación y asistencia a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires , y

Considerando:

Que el mismo se suscribirá entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Que el objetivo del mismo, es la implementación de un sistema informático de atención, asistencia y consulta para municipios de la Provincia de Buenos Aires, denominado Sistema Unico de Atención Municipal (SUAM).

Que a través de dicho sistema, el Municipio podrá requerir formalmente a la Asesoría General de Gobierno, asesoramiento y/o asistencia técnico jurídico.

Que obran en las presentes actuaciones, sendos dictamenes del Sr. Contador  y del Señor Asesor Letrado Municipal.

Que es facultad de este HCD autorizar la suscripción de convenios , en virtud de lo normado por el art. 41 de la L.O.M.

Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Homologase el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Asesoría General de Gobierno, - que como Anxo I forma parte integrante de la presente ordenanza- que tiene por objeto la implementación de un sistema informático de atención, asistencia y consulta para municipios de la Provincia de Buenos Aires, denominado Sistema Unico de Atención Municipal (SUAM).A través de dicho sistema, el Municipio podrá requerir formalmente a la Asesoría General de Gobierno, asesoramiento y/o asistencia técnico jurídica.
Artículo 2º:  Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación que sea necesaria, a efectos de instrumentar lo establecido en el artículo precedente.
Artículo 3º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 4 de junio de 2014.-


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