RESOLUCIÓN Nº 299
Visto
Que la Ordenanza N º
1645, que declara la Emergencia
Habitacional en el partido de San A. de Giles, fue
sancionada en noviembre de 2012, y
Considerando
Que su art. 3º, establece que al
cabo de un año el DE y el HCD, deberán evaluar los avances y determinar la
continuidad o no de la emergencia habitacional
Que el déficit habitacional y la problemática en torno al acceso a la
tierra persisten y hacen necesaria una intervención activa por parte del estado
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Declárase necesaria la convocatoria a la Comisión establecida en
el artículo 9º de la Ordenanza N º
1645, para que se evalúe los resultados de su aplicación y la conveniencia o no
de la prórroga de la Emergencia
Habitacional.
Artículo 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del
Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria
celebrada el día 30 de octubre de 2013.-
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