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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

298/13: Atención gratuita del hospital.

RESOLUCIÓN Nº 298

Visto:
La negativa expresada por autoridades del área de salud de nuestro Hospital Municipal a brindar información requerida por integrantes de este Concejo; y

 Considerando:
 Que de acuerdo a lo establecido en LOM es facultad de este cuerpo deliberativo controlar la gestión del Departamento Ejecutivo, así como también reglamentar las condiciones de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos y los lugares de acceso público.
Que es facultad de este Cuerpo, más precisamente de la comisión de salud, de acuerdo a lo establecido en el articulo 37 bis de su  reglamento interno, dictaminar sobre todo asunto que se relacione con la salud pública, las acciones que redunden en beneficio de la cobertura social, la limpieza e higiene en general, medidas preventivas de epidemia, funcionamiento del hospital municipal y del hogar geriátrico, asistencia pública, salas de primeros auxilios, unidades asistenciales, etc.
Que de acuerdo a la ley nº 25.326 de Habeas Data, no se necesitará el consentimiento para el tratamiento de datos personales cuando los mismo se recaben para el ejercicio de funciones propias de los poderes del estado (articulo 5, inc B).Por otra parte, el obligado a guardar secreto profesional, podrá ser relevado del mismo cuando medien razones relativas a la salud pública (art. 10 de la misma ley).-
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias,  sanciona la siguiente
                                         
                                     RESOLUCIÓN

Artículo 1º: Reafirmar y solicitar a las autoridades del Hospital Municipal, teniendo en cuenta las políticas públicas de salud,  la atención gratuita,  igualitaria, sin distinción y  requisitos previos a los pacientes.

Artículo 2º: Manifestar que los profesionales médicos que se desempeñan en el Hospital Municipal son como tales empleados del municipio y que ante requerimientos relativos a la salud pública donde  puedan verse afectados derechos ciudadanos, están relevados del secreto profesional y por lo tanto deben brindar la información necesaria.

Artículo 3º: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2013.-

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