ORDENANZA Nº 1721
Visto:
La
presentación formulada por el Centro de Combatientes de Malvinas San Andrés de
Giles, solicitando se exima a sus integrantes del pago los derechos de inhumación, arrendamiento y/o renovación, y
Considerando:
Que es
voluntad de este Honorable Concejo Deliberante rendir merecido homenaje a
quienes intervinieron en la gesta del Atlántico Sur.
Por ello, el
H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Exímese del pago de los derechos de
inhumación, arrendamiento y/o renovación, a los responsables de abonar los
mismos, correspondientes a sepulturas, nichos, nicheras, bóvedas donde
descansen los restos de quienes en vida hayan sido combatientes de la histórica
gesta de Malvinas, y sean residentes en la ciudad de San Andrés de Giles.
Articulo 2º: Establecese que los alcances del articulo 1
serán extensivos al padre del soldado Jorge Maciel, cuyos restos descansan en
las islas.
Articulo 3º: De forma.
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria
celebrada el día 27 de noviembre de 2013.-
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