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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1702/13: Convenio con el Patronato de Liberados.

ORDENANZA Nº 1702

Visto:
El expediente nro. 4101-353/13, mediante el cuàl se tramitan las actuaciones relacionadas con el convenio de comodato suscripto entre el Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad, y

Considerando:
Que mediante ordenanza nº 1046 sancionada por este Honorable Cuerpo con fecha 01.09.2005 , se homologa el convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de San Andrés de Giles, que tiene por objeto la incorporación de esta Municipalidad a la Red Provincial de Prevención del Delito y Reincidencia Delictiva, en virtud de lo establecido en los artículos 193, 194 y 195 de la Ley Nº 12.256 – Código de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires-.

Que en el artículo 1º del convenio citado, se estable que, con el fin de contribuir a la disminución de la criminalidad y prevenir la reincidencia delictiva en este Partido, la Municipalidad se compromete a prestar toda la colaboración directa que fuese necesaria y estuviese a su alcance. Esto incluye datos, informes y documentación que le fuera solicitada por la Provincia, a través del Ministerio de Justicia – Dirección Provincial Patronato de Liberados –

Que, asimismo el Municipio se compromete a brindar los espacios físicos mínimos y necesarios para la atención de los liberados.

Que, el espacio físico a otorgar, está ubicado en el inmueble del Hospital Municipal , sito en calle Rawson nº 355 de esta ciudad.

Que es facultad de este HCD homologar el convenio suscripto en su oportunidad, en virtud de lo normado por el art. 41 de la L.O.M.

Que obran agregados en estas actuaciones, sendos dictámenes del Sr. Contador y Asesor Letrado Municipal.
                            
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Homològase el convenio suscripto entre el Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Director Provincial de Regiones Dr. Leopoldo Giupponi y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Luis Alberto Ghione, que tiene por objeto la cesión en comodato por parte del Municipio al Patronato, de un espacio físico ubicado en el inmueble del Hospital Municipal San Andrés, para que funcione el Patronato de Liberados en San Andrés de Giles.

Artículo 2º:  Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación que sea necesaria, a efectos de instrumentar lo establecido en el artículo precedente.

Artículo 3º: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 18 de Septiembre de 2013.-

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