ORDENANZA Nº 1702
Visto:
El expediente nro.
4101-353/13, mediante el cuàl se tramitan las actuaciones relacionadas con el
convenio de comodato suscripto entre el Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos
Aires y esta Municipalidad, y
Considerando:
Que mediante
ordenanza nº 1046 sancionada por este Honorable Cuerpo con fecha 01.09.2005 ,
se homologa el convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de San
Andrés de Giles, que tiene por objeto la incorporación de esta Municipalidad a la Red Provincial de Prevención
del Delito y Reincidencia Delictiva, en virtud de lo establecido en los
artículos 193, 194 y 195 de la Ley N º
12.256 – Código de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires-.
Que en el artículo 1º del convenio citado,
se estable que, con el fin de contribuir a la disminución de la criminalidad y
prevenir la reincidencia delictiva en este Partido, la Municipalidad se
compromete a prestar toda la colaboración directa que fuese necesaria y
estuviese a su alcance. Esto incluye datos, informes y documentación que le
fuera solicitada por la
Provincia , a través del Ministerio de Justicia – Dirección
Provincial Patronato de Liberados –
Que, asimismo el
Municipio se compromete a brindar los espacios físicos mínimos y necesarios
para la atención de los liberados.
Que, el espacio físico a
otorgar, está ubicado en el inmueble del Hospital Municipal , sito en calle
Rawson nº 355 de esta ciudad.
Que es facultad de
este HCD homologar el convenio suscripto en su oportunidad, en virtud de lo
normado por el art. 41 de la L.O .M.
Que obran
agregados en estas actuaciones, sendos dictámenes del Sr. Contador y Asesor
Letrado Municipal.
Por ello, el H.C.D.
en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homològase el convenio suscripto entre el
Patronato de Liberados de la
Provincia de Buenos Aires, representado por el Director
Provincial de Regiones Dr. Leopoldo Giupponi y la Municipalidad de San
Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Luis Alberto
Ghione, que tiene por objeto la cesión en comodato por parte del Municipio al
Patronato, de un espacio físico ubicado en el inmueble del Hospital Municipal
San Andrés, para que funcione el Patronato de Liberados en San Andrés de Giles.
Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a
suscribir toda la documentación que sea necesaria, a efectos de instrumentar lo
establecido en el artículo precedente.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada
el día 18 de Septiembre de 2013.-
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