ORDENANZA Nº 1662
Visto:
Lo actuado en el expediente Nº
4101-0227-D/2013, mediante el cual el Departamento Ejecutivo eleva a
consideración de este Cuerpo la necesidad de poder incrementar con
retroactividad a partir del 1 de marzo de 2013, la suma de un quince por ciento
(15 %) y a partir del 1 de Setiembre de 2013, un diez por ciento (10%), los sueldos básicos de agentes dependientes de la Municipalidad ;
efectuando la consecuente adecuación
de los artículos y anexos de la
Ordenanza N º 1.648/12 (Decreto 1733/12) que se verían
afectados; y
Considerando:
Que mediante Ordenanza Nro. 1648/12 (promulgada por Decreto 1733/12)
el H.C.D. aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos para el
ejercicio 2013 aprobando el detalle de Recursos Humanos por Categoría
Programática y cargo y el de Categorías, Módulos y Clases que como anexos III y
IV forman parte integrante de la misma.
Que
la cuenta Coparticipación Ley nº 10.559 en función de un incremento en
el monto estimado para el año 2013 producirá un incremento en la Recaudación prevista por parte del gobierno de la Provincia de Buenos
Aires por lo que posibilitará la ampliación del Cálculo de Recursos y
Presupuesto de Gastos, modificando las partidas presupuestarias necesarias para
efectuar las registraciones contables.
Por lo expresado, el H. Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Increméntanse
con retroactividad al 1 de marzo de 2013 en un quince por ciento (15 %) los
salarios básicos de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive,
modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV- aprobado por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza N º 1648/12
– (Decreto 1733/12) y apruébase el nuevo
anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Increméntanse
a partir del 1 de setiembre de 2013 en un diez por ciento (10 %) los salarios
básicos de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive,
modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV- aprobado por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza N º 1648/12
– (Decreto 1733/12) y apruébase el nuevo
anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º:
Adecuánse las remuneraciones establecidas en los Artículos 6º, 7º y 9º de la
ordenanza Nº 1648/12, (Decreto 1733/12) en función de lo artículos
precedentemente mencionados.
Artículo 4º: Otórgase con
retroactividad al 1 de marzo de 2013, una bonificación compensatoria de
carácter variable para aquellos agentes de este Departamento Deliberativo que
permanezcan en actividad a la fecha mencionada en el presente artículo, cuyo
sueldo neto (excluido aportes y retenciones de carácter voluntario) no alcancen
un importe de tres mil pesos ($3.000.-). El Departamento Ejecutivo reglamentará las bases de
cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.
Artículo 5º: Otórgase una
bonificación compensatoria de carácter variable para aquellos agentes de este
Departamento Deliberativo que permanezcan en actividad al 1 de setiembre de
2.013 cuyo sueldo neto (excluido aportes y retenciones de carácter voluntario)
no alcancen un importe de tres mil doscientos pesos ($3.200.-). El Departamento Ejecutivo
reglamentará las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la
referida bonificación.
Artículo 6º: Amplíase el
presupuesto de gastos vigente, según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos
por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las
Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires), con la ampliación y/o creación de
las siguientes cuentas:
TOTAL AMP.PRES. DE GASTOS – De
Origen Prov. Libre Disponibilidad $ 6.462.667,00
TOTAL AMPLIACIÓN PRESUESTO DE GASTOS $
6.462.667,00
Artículo 7º: Para
financiar lo establecido en el artículo
anterior, contémplanse las mayores participaciones de pesos seis millones
cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y siete ($ 6.462.667,00)
por el concepto Coparticipación Ley Nro. 10.559 incrementando el Cálculo de Recursos vigente ampliando la siguiente
cuenta:
Origen y procedencia: 21 – Origen Provincial- libre
disponibilidad
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110101000: Conducción Superior
RUBRO
Tipo: 1100000: Ingresos Tributarios
Clase: 1140000: Coparticipación de impuestos
Concepto: 1140100: Coparticipación Pcial. de Impuesto
Ley 10.559........ $ 6.462.667,00
TOTAL AMP. RECURSOS – DE Origen Provincial-Libre Disponibilidad $ 6.462.667,00
TOTAL AMPLIACIÓN RECURSOS $ 6.462.667,00
Artículo 8º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 17 de Abril
de 2013.-








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