ORDENANZA
Nº 1644
VISTO:
El
expediente nº 4101-0587/12, y
CONSIDERANDO:
Que
se encuentra glosado en el mismo, el requerimiento de los alumnos del 4º nivel
del Taller de Plástica Tridimensional –Escultura- de la Escuela de Educación
Estética Nº 1 de este Distrito.
Que
los citados alumnos han elaborado un proyecto en alusión al Bicentenario de la
creación de la Bandera Nacional ,
que tendrá como producción final la realización de un monumento.
Que obra en el expediente aludido,
un croquis de donde surgen las medidas aproximadas de la escultura, como asi también su diseño.
Que
los peticionarios requieren al Municipio, su colaboración para la realización
de la base del monumento
Que,
si bien los alumnos han sugerido como lugar de emplazamiento del mismo, la
esquina del boulevard de la Avda. Cámpora
y Malvinas Argentinas, la Sra. Directora
de Planeamiento y Obras Particulares aconseja que el mismo sea construído en la Plazoleta de la Avda. Scully entre Rivadavia y
25 de Mayo de esta ciudad, por contar con un lugar más amplio para su
emplazamiento.
Que
obran en las presentes actuaciones, dictámenes del Sr. Secretario de Cultura,
Educación, Ecología y Medio Ambiente, Secretario de Obras y Servicios Públicos,
Asesor Letrado , Secretario Coordinador de Economía y Finanzas y Contador
Municipal, de donde surge la viabilidad de acceder a lo requerido.
Que
es facultad de este Honorable Cuerpo dictaminar sobre lo requerido, en virtud
de lo establecido en la Ley Orgánica
de las Municipalidades, en virtud de lo normado en el artículo 27 incisos 2 y
3.
Por ello, el H.C.D. en uso de las
atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase a los alumnos del 4º nivel de
Plástica Tridimensional – escultura- de la Escuela de Educación de Estética Nº 1 del
Distrito de San Andrés de Giles, el emplazamiento de un monumento en alusión al
bicentenario de nuestra Bandera Nacional, en virtud de los croquis - donde obran
las medidas, diseño y materiales a utilizar – agregados en el expediente nº 4101-0587/12.
ARTICULO 2º: El lugar de emplazamiento del mentado
monumento, será la Plazoleta
de la Avda. Lucas
Scully entre Rivadavia y 25 de Mayo de esta localidad.
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal
a realizar la base del monumento en el lugar indicado y a introducir las
modificaciones presupuestarias pertinentes, para afrontar los gastos que la Municipalidad deba
solventar con el objeto mencionado.
ARTICULO 4º: De forma.
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión
Ordinaria celebrada el día 14 de Noviembre de 2012.-
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