ORDENANZA Nº
1632
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-0514/12; Letra P; Año 2012 y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación realizada ante este Municipio,
por el Agrim. Miguel Colombo en
representación de la Sra.
María Florinda Punte de Veneroni y referida a la aprobación del proyecto de “ Mensura , División y Cesión de calle ” correspondiente a la fracción de terreno
identificado con las siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I , Sección E , Quinta 1, Parcela 3 del partido
de San Andrés de Giles;
Que
a fin de materializar la subdivisión , resulta necesaria la apertura de nuevos caminos y considerando que no existe
para el área un trazado preventivo, se realizó un proyecto de apertura de
calles, dentro de los macizos existentes , según consta en el croquis que
figura como fs. 2 del citado expediente.
Que
la parcela se encuentra en zona complementaria agropecuaria Sector 2 y la apertura
de ambas calles permiten generar las parcelas solicitadas por la propietaria.
Que
la zona complementaria agropecuaria prevé subdivisiones de frente de 40 mts. y
superficies de 2000 mts.2, con carácter agropecuario intensivo y extensivo.
Que
la parcela se encuentra con una construcción, de acuerdo al plano presentado
como visado, según consta en el acta nº 09934 de fecha 26.06.12.
Que, las
calles propuestas deberán cumplir con el ancho cedido por plano y el cedente
deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según
proyecto aprobado por la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al
visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este
requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos
(tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
Que
luce a fs. 3 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación,
construcción y conservación de
calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones
no comprendidas en la competencia provincial.
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son
propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a
fs. 2 del expediente nº 4101-0514/12, en virtud de lo requerido por el Agrim.
Miguel Colombo, en representación de la Sra. María Florinda Punte de Veneroni.
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción
de alambrados, colocación del
arbolado publico correspondiente y demás
obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público,
serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su
construcción hasta su finalización,
siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano,
caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del
Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria
celebrada el día 24 de Octubre de 2012.-
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