BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1624/12: Creación de la función Ayudantes Fiscales.


ORDENANZA Nº 1624
                                                          
Visto:

La Resolución Ministerial Nº 2102/2011 del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires , que dispone la creación de diez cargos de Agentes Fiscales y doce cargos de Ayudantes Fiscales para aquellos Departamentos Judiciales con mayor densidad de población y litigiosidad, fundamentalmente destinados a los partidos del interior de la provincia de Buenos Aires y también a aquellas localidades que no son cabecera departamental; y

Considerando:

Que en tal sentido se ha considerado- de conformidad con los parámetros previstos en el artículo 8º de la Ley 13.274- la conveniencia de asignar una de las Ayudantías Fiscales creadas por la Ley 14.176 al Partido de San Andrés de Giles.

Que la Ley 14.176 viene a profundizar el programa de descentralización de Ayudantes Fiscales ya iniciado mediante leyes 13.274 y  13.871, lo cual tiende a través de la inmediatez, optimizar  el servicio de la justicia penal. 

Que ello responde a la necesidad de procurar una tutela más inmediata de los intereses de la sociedad  (Art.1 Ley 12.061)facilitando una respuesta adecuada a  los problemas locales. 

Que ha sido celebrado el Convenio Marco de Colaboración Institucional entre  la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia representada por la señora Procuradora General Dra. María del Carmen Balbo y la Municipalidad del Partido de San Andrés de Giles, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Luis Alberto Ghione, para la asignación y funcionamiento de la Ayudantía Fiscal en el Partido de San Andrés de Giles; 

Que han intervenido en estas actuaciones , el señor Secretario Coordinador de Economía y Finanzas y el señor Asesor Letrado de la Municipalidad

Por ello el Honorable Concejo Deliberante  en uso de las facultades legales  que le son propias, sanciona con fuerza de :

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase  el Convenio Marco de Colaboración Institucional, suscripto con fecha 8 de junio de 2012, entre  la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia representada por la señora Procuradora General Dra. María del Carmen Balbo y la Municipalidad del Partido de San Andrés de Giles, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Luis Alberto Ghione, para la asignación y funcionamiento de la Ayudantía Fiscal en el Partido de San Andrés de Giles; a cuyos fines ha sido destinado el espacio de aproximadamente 75.00 m2 de superficie, dentro del inmueble de propiedad de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., sito en calle San Martín Nº 465 entre Moreno y Sarmiento de esta ciudad cedido a la Municipalidad mediante Convenio Homologado por Ordenanza Municipal Nº  1593/2011- Decreto de Promulgación 2266/2011.

Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación y realizar la tramitación que resulten necesarias para la materialización del referido convenio.

ARTICULO 3º:  De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de Julio de 2012.-

CONVENIO MARCO DE LA COLABORACION INSTITUCIONAL:

Entre la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia representada por la Señora Procuradora General Dra. María del Carmen Balbo en adelante La Procuración y la Municipalidad del Partido de San Andrés de Giles, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Luis Alberto Ghione, en adelante La Municipalidad acuerdan celebrar el presente convenio:


CONSIDERANDO:
Que la Ley 14.176 viene a profundizar el programa de descentralización de Ayudantes Fiscales ya iniciado mediante leyes 13.274 y  13.871, lo cual tiende a través de la inmediatez , optimizar el servicio de la justicia penal.

Que ello responde a la necesidad de procurar una tutela más inmediata de los intereses de la sociedad  (Art.1 Ley 12.061)facilitando una respuesta adecuada a  los problemas locales .

Así es que mediante resolución 2102 del Ministerio de Justicia y Seguridad de Buenos Aires se ha considerado- de conformidad con los parámetros previstos en el artículo 8º de la Ley 13.274- la conveniencia de asignar una de las Ayudantías Fiscales creadas por la Ley 14.176 al Partido de San Andrés de Giles.

Para tal fin resulta pertinente –tal como ya se viene haciendo –lograra el aprovechamiento de los recursos que puedan aportar a las instituciones locales; y a tales efectos el artículo 13 inciso 22 de la Ley 12.061 y el artículo 11 de la citada Ley 13.274 prevén expresamente la celebración de convenios con los Municipios donde se radicarán las sedes descentralizadas del Ministerio Público, que contemplen el aporte  de los mismos en la provisión de los recursos necesarios para el establecimiento y funcionamiento de las oficinas respectivas.

Que por estas  razones , en virtud de las competencias atribuídas al Ministerio Público por el artículo 13 incisos 13 y 22 de la Ley 12.061 , por las leyes 13.274 y 14.176; y las facultades otorgadas al señor Intendente Municipal por los artículos 41 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades , las partes resuelven celebrar el presente:

CONVENIO:

PRIMERO: La Procuración y La Municipalidad se comprometen a realizar distintos programas de acción con los fines y objetivos delineados en los considerandos precedentes.

SEGUNDO: La ejecución y control de gestión frente a la puesta en marcha de la nueva Ayudantía Fiscal en San Andrés de Giles, será efectuada por la Fiscalía General del Departamento  Judicial de Mercedes.

TERCERO:La Municipalidad aportará los recursos materiales que resulten necesarios para la instalación de las nuevas dependencias descentralizadas del Ministerio Público, los cuales se especifican en el Anexo I, del presente convenio marco.

CUARTO: La   procuración aportará por su parte, la estructura organizativa, los funcionarios – un Ayudante Fiscal  y un Auxiliar Letrado- y empleados administrativos necesarios para la prestación del servicio en las nuevas dependencias, como así también los bienes muebles y artefactos informáticos que también se detallan en el Anexo I.

QUINTO: En lo que respecta al Centro de Asistencia a la Víctima (CAV) se mantiene vigente el Convenio celebrado entre la Procuración y el Municipio con fecha 15 de septiembre de 2004, cuya copia se adjunta.

SEXTO: El presente Convenio se suscribe entre las partes- ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante del Partido de San Andrés de Giles, conforme el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades:
            
El prueba de conformidad, las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto  a los 8 días del mes de junio de 2012

Firmado:
Dr. Luis  Alberto  Ghione                                                      Dra. María del Carmen Falbo
Intendente Municipal                                                             Procuradora General
Partido de San Andrés de Giles                                             


Refrendado:
Dr.Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
Provincia de Buenos Aires.

ANEXO I
DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACION:

Por medio del presente anexo , se enumeran a continuación los recursos que resultan necesarios para la instalación de las dependencias descentralizadas del Ministerio Público en el Partido de San Andrés de Giles, y el origen de los mismo:

EL MUNICIPIO APORTARA: 
1) Inmueble ubicado en calle San Martín Nº 467, con 75 metros cuadrados cubiertos y subdivididos en ambientes funcionales para el desarrollo de la actividad judicial de las Oficinas del Ministerio Público. 
2) Instalación eléctrica por circuitos diferenciados, la misma contará con certificado de declaración de conformidad expedido por un electricista matriculado a los fines de realizar la gestión para poner el medidor a nombre del Ministerio Público. 
3)  Estabilizador de corriente eléctrica.
4)   Acondicionamiento térmico del ambiente(Frío-Calor)
5) Comunicación telefónica externa e interna entre los puestos de trabajo a través de central telefónica o tecnológica a fin 
6) El mantenimiento y limpieza cotidiana del edificio.

EL MINISTERIO PUBLICO APORTARA: 

      1)    Mobiliario:
Cuatro(4)escritorios para funcionarios judiciales- Dos (2)sillones de funcionarios y seis (6)sillas tapizadas para despachos de funcionarios. Una (1) mesa para computadora- Dos (2) muebles con alzada con cerradura en la parte interior- Dos (2)mostradores para atención al público- Un (1)casillero metálico. Cinco (5)sillas de plástico apilables para el público. Dos (2)cajoneras para impresoras-  Cuatro(4) percheros- Una (1)Silla alta para mostrador- Una (1)biblioteca de madera-Un (1)armario de madera, bajo, con llave- Tres(3)porta CPU. 

2)Material informático:
El tendido de una red informática entre los equipos de la ayudantía entre sí y el enlace con la cabecera departamental.
Cuatro (4) equipos informáticos completos.
Dos (2)Impresoras.
Asimismo se deja contancia que el servicio de energía eléctrica como el de telefonía serán cedidos al Ministerio Público Fiscal quién asumirá el pago de los mismos una vez que se ponga en funcionamiento la nueva Oficina Judicial.

En prueba de Conformidad se firman dos ejemplares de un mismo  tenor y a un solo efecto a los 8 días del mes de junio de 2012

No hay comentarios: