ORDENANZA Nº 1600
Visto:
La ley Nacional Nº 25.633
que instituye el 24 de marzo como “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia ” en
conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha
del año 1976, y
Considerando:
Que el
derrocamiento de las autoridades democráticas y la instalación de la dictadura
militar producida el 24 de marzo de 1976 se considera, dada sus características,
como la más sangrienta de la historia Argentina.
Que este año se
cumplen 36 años del mencionado Golpe Militar.
Que durante esos
nefastos años se mantuvo la ilegitimidad de un gobierno de facto, que ejecutó
un plan organizado y estudiado, perdiéndose todos los derechos y garantías
individuales.
Que se inició una
cruel persecución ideológica, se llevaron a cabo innumerables hechos de
privación ilegítima de la libertad y violación de los derechos humanos; se
avasalló contra el derecho a la vida, derecho a la identidad, derecho a la
filiación y el derecho a la defensa en juicio.
Que miles de
trabajadores, músicos, artistas, escritores, poetas, intelectuales, estudiantes
y docentes fueron perseguidos y debieron exiliarse en países de América o
Europa.
Que asimismo, se prohibió
la actividad de los partidos políticos, se disolvieron las Cámaras
Legislativas, los Concejos Deliberantes, se intervinieron las Provincias, la CGT y con ello diversos
sindicatos con el supuesto argumento de "pacificar el país".
Que todas las
instituciones de la vida democrática fueron silenciadas, atento a que el
imperio del terror gobernó e intentó impregnar también la vida cultural,
deportiva, social, laboral, periodística y artística.
Que no obstante, la lucha
popular no cedió y libró su más fuerte batalla hasta lograr el triunfo en 1983
con el restablecimiento del sistema democrático en nuestro país con plena
vigencia de las instituciones y derechos.
Que es la memoria la que
nos ayuda a iluminar el presente y a generar el futuro en la vida de los
pueblos y en nuestras propias vidas, asimismo, la historia es memoria de la
vida de los pueblos, que se va construyendo en el tiempo, entre luces y
sombras, entre el dolor y la resistencia.
Que nunca más la
sociedad argentina debe permitir que sucedan estos tipos de acontecimientos y
debemos luchar día a día por el fortalecimiento de nuestra democracia y sus
instituciones;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de atribuciones que le
son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Instaurar a partir
del 2013 el Mes de la Memoria ,
período comprendido desde el 1 de marzo al 2 de abril de cada año.
Artículo 2º: El Estado Municipal y organizaciones de la
comunidad organizarán y auspiciarán
actos, eventos artísticos, conferencias y diversas actividades que contribuyan
a la divulgación y concientización sobre los hechos históricos sucedidos entre
el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión
Extraordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2012.-
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