ORDENANZA Nº 1554
Visto:
Que resulta necesario adecuar las normas impositivas aprobadas en Asamblea de Concejales y Mayores contribuyentes mediante Ordenanza Nº 1475 y,
Considerando:
Que de acuerdo a lo expresado en el visto, resulta necesario adecuar le legislación impositiva para contribuir a una mejora en la administración y recaudación de los tributos Municipales.
Que, asimismo, resulta necesario adaptar la misma a la reformulación del sistema de retiro de residuos a través del uso de volquetes.
Por ello, el H.C.D. reunido en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modificase el Art. 96 Ap. b) de la Ordenanza 1475, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“b) Por el servicio extraordinario de retiro de residuos de establecimientos particulares: corte de raíces de árboles o por desmalezamiento, el servicio será prestado a requerimiento del interesado o por decisión de la Municipalidad, cuando existan razones debidamente justificadas.
Para el supuesto de retiro de residuos tales como escombros, tierra o cualquier otro elemento de propiedad particular proveniente de demoliciones, obras en construcción, refacción y/o remodelación de edificios que superen el metro cúbico, deberá solicitar el contribuyente el retiro de los mismos de manera privada a través de la contratación del servicio de volquetes..
Artículo 2º : Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer mediante Decreto, la confección de un Texto Ordenado de la Ordenanza Impositiva y Fiscal aprobada bajo el Nº 1475.
Articulo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, celebrada el día 22 de Junio de 2011.-
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