BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

44/84: Remuneración para los profesionales de carrera medica hospitalaria.

ORDENANZA Nº 44/84

ARTICULO 1: Fijase a partir del 1 de abril de 1984, para los profesionales de carrera medica hospitalaria con veinticuatro horas semanales de hospital local la siguiente remuneración:

Medico asistente $a 7.731,84
Medico agregado $a 8.214,24
Medico profesional hospital $a 8.697,36

ARTICULO 2: Fijase a partir del 1 de abril de 1984, para los profesionales de la carrera medico hospitalaria local, la siguiente remuneración:

Medico agregado $a 12.321,30

ARTICULO 3: A partir del 1-5-84, los profesionales de la carrera medico hospitalaria Ley 7878 percibirá la remuneración que se fije en su oportunidad por el Superior Gbierno de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 4: De forma.

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