ORDENANZA Nº 36/84
ARTICULO 1: Fijase el valor del modulo determinado por la Ordenanza Nº 25, para el mes de abril de 1984, en $a 28,25.-
ARTICULO 2: Increméntese el sueldo básico y gastos de representación del Señor Intendente Municipal y básicos del Secretario General y Contador Municipal en un trece por ciento (13%) para el mes de abril de 1984.-
ARTICULO 3: Otórguese al personal comprendido las categorías 10, 11 y 12 del agrupamiento establecido en la Ordenanza Nº 25, una bonificación de $a 600, $a 400 y $a 300, respectivamente en todos los casos por unica vez sin descuentos y a partir del 1 de mayo de 1984, dejando constancia que no integra parte del básico.
ARTICULO 4: Incrementase el haber percibido por los Señores agentes contratados para mes de mayo de 1984 en un trece por ciento (13%).
ARTICULO 5: Los incrementos salariales deberán ser imputados por el D.E. a las respectivas partidas legales.
ARTICULO 6: De forma.
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