ORDENANZA Nº 29/84
ARTICULO 1: Exímase al contribuyente Sr. Mario Antonio Rapossi, del pago total de la tasa de alumbrado, limpieza y conservación de la via publica por el año 1984, de su propiedad ubicada en calle 9 de julio Nº 283, nomenclatura catastral: Circ. I, Secc. A, Mz. 17, Pc. 9c, Cta. 224, por estar encuadrado dentro de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 21.-
ARTICULO 2: Exímase tambien al citado contribuyente, del pago de la deuda por la misma tasa y la misma propiedad, que corresponde a los años 1982 y 1983, por su condición de pobreza que surge del informe socio-económico que se le practico.
ARTICULO 3: De forma.
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