ORDENANZA Nº 27/84
ARTICULO 1: Ratificase la cesión gratuita al Instituto Provincial de la vivienda de dos fracciones de tierra ubicada en la ciudad de San Andrés de Giles, con frente a las calles Rawson, Urquiza, Quintana, Nicolás Méndez y Cecilio Manchi, e identificado con la siguiente nomenclatura catastral: Circ. ¡, Secc. C, Mz. 248 y 256, Pc. 1 y 2 (remanente) respectivamente.
ARTICULO 2: La cesión formalizada queda sujeta a la condición de que en los inmuebles cedidos, se construya por parte del Instituto Provincial de la Vivienda un grupo habitacional que corresponda al Plan de cien (100) viviendas por la operatoria FONAVI. Para el caso de no cumplirse la condición, quedara sin efecto la cesión que se ratifica por la presente Ordenanza.
ARTICULO 3: Dejase expresa constancia que dichos terrenos constarán de los servicios habilitados de agua corriente y mejoramiento de la red de las calles que circundan el lugar de emplazamiento de las mismas mediante la ejecución de un suelo tosca calcario de acuerdo a un proyecto ejecutado por el municipio y factible de completar posteriormente con pavimento rígido o flexible, todos ellos al momento de finalizar las obras. Cloacas: incluidas e el presupuesto Provincial de 1984, y Gas: de acuerdo al Plan Trienal 1984-1986 de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 4: Deroguese toda norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 5: Cumplase, comuníquese y regístrese.
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