ORDENANZA Nº 17/84
ARTICULO 1: Deróguese todo aranselamiento en consultorios externos del hospital municipal San Andrés y las Salas de Primeros Auxilios del partido, sobre las siguientes prestaciones:
a) Consultas médicas.
b) Aplicación de inyecciones.
c) Aplicación de nebulisaciones.
d) Aplicación de onda corta e infrarrojo
e) Prácticas de laboratorio (Análisis)
f) Electro cardiogramas.
g) Consultas odontológicas.
h) Toma de presión arterial.
ARTICULO 2: Derogase toda norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 3: De forma.
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