ORDENANZA Nº 145/88
ARTICULO 1: Autorizase a la Cooperativa de Consumo Popular de Electricidad y Obras de Pavimentación de Cucullú, a incrementar su cuadro tarifario, para ser aplicado en toda factura emitida del 1 de diciembre de 1988, conforme al siguiente detalle:
Mínimos
Residencial , comercial e industrial.
Urbano:
Residencial, comercial e industrial: A1,42
Rural:
Residencial, comercial e industrial: A1,62
Cargo fijo: A17,82
Cuota capital: A 0,02 por Kwh. consumido.
ARTICULO 2: Previa promulgación por parte del D.E. comuníquese a la Cooperativa de Consumo Popular de Electricidad y Obras de Pavimentación de Cucullú, a sus efectos.
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