Ordenanza Nº 102/88
Articulo 1: Exímase a la Casa de la Cultura de San Andrés de Giles, del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservaron de la Vía Publica, y de la Tasa por Servicios Sanitarios, cuenta Nº 904, del inmueble cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección A, Manzana 69, Parcela 12, correspondiente al año 1986.-
Articulo 2: Comuníquese a los interesados y a la Dirección de Recaudación a sus efectos.
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