ORDENANZA Nº 1329
Visto:
La necesidad de este Departamento Deliberativo de efectuar refuerzos en créditos de distintas partidas del Presupuesto de Gastos en vigencia, y
Considerando:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a la sanción de una Ordenanza autorizando a incrementar el Presupuesto de Gastos creando y/o ampliando partidas utilizando para ese fin transferencias de créditos de otras partidas del presupuesto;
Que las partidas utilizadas para financiar el incremento aludido conservarán crédito suficiente hasta la finalización del presente ejercicio;
Que dichas transferencias posibilitarán el normal desenvolvimiento de este Cuerpo Deliberativo;
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente, según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previsto por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), con la ampliación y/o creación de las siguientes cuentas:
particular en las siguientes partidas:
Artículo 2º: Para financiar la ampliación establecida en el artículo anterior, contémplase la transferencia de créditos de las siguientes partidas presupuestarias, según los clasificadores presupuestarios previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires):
Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110200000: Honorable Concejo Deliberante
Actividad 01 – Tareas Legislativas
I. PP Pp
3 9 1 Servicios de Ceremonial $ 600,00
4 3 6 Equipo para Computación $ 2.000,00
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2008.-

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