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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

892/03: Aprobar la venta directa de los inmuebles ubicados en calle Sarmiento nro. 132 y Francia, Moreno y Piñero.

ORDENANZA Nº 892


Visto:

Lo actuado en el expediente N° 4101-0143-A/2002; y

Considerando:

Que por el mismo tramita la solicitud de la Asociación Civil “El Pinar del Oeste” de cesión de los inmuebles de nomenclatura catastral Circ. I, Sección A, Manzana 29, Parcela 9d y Circ. I, Sección A, Manzana 39, Parcela 6 del Partido de San Andrés de Giles para ser destinados a la construcción de unidades habitacionales destinadas a vivienda familiar de sus integrantes;

Que la entidad peticionante cuenta con personería Jurídica, otorgada por resolución N° 5437/02 de la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires y ha sido reconocida como Entidad de Bien Público Municipal mediante Resolución del Departamento Ejecutivo N° 107/2003.

Que el inmueble en cuestión integra el dominio privado de la Comuna;

Que, de conformidad con el informe producido por la Dirección de Obras y Servicios con fecha 10 de septiembre de 2003, dichos inmuebles son aptos para la construcción de viviendas.

Que, con fecha 5 de septiembre de 2003 se expide el Sr. Contador Municipal haciendo constar que, conforme lo dispone el artículo 159 de la Ley Orgánica Municipal, los bienes municipales serán enajenados por remate o licitación pública;

Que, no obstante –agrega el Contador Municipal- podrá por excepción convenirse la venta en forma directa de aquellos inmuebles que están en planes de vivienda (art. 159, apartado 3, inciso f- de la L.O.M.), a cuyo efecto corresponde obtener su tasación a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires y de un Martillero local;

Que, en cumplimiento de tal requisito, se agrega tasación aportada por la entidad bancaria provincial y por el Martillero y Corredor Público Carlos M. Bruno, de la localidad de San Andrés de Giles;

Que, sin perjuicio de ello, el Departamento Ejecutivo dispuso la formación de una comisión tasadora municipal, integrada por el Sr. Jefe de Compras (interino), el Director de Obras y Servicios y por el Asesor Técnico de dicha Dirección, que da cumplimiento a su cometido con fecha 25.11.03

Que, por otra parte, con el objeto de formalizar la venta en cuestión corresponde regularizar la incorporación de un sobrante fiscal al predio a enajenar, que actualmente se halla en trámite;

Que, asimismo, debe excluirse de la superficie a vender la proporción que debe cederse en concepto de calle pública, conforme al Plano 94.2.00

Que, en virtud de los informes suscriptos por el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Jefe de Compras, la enajenación de los inmuebles objeto de estas actuaciones encuadra en la excepción de venta directa contemplada en el artículo 159, inciso 3) apartado f) de la Ley Orgánica Municipal;

Por ello, el H.C.D. en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase la venta directa de los inmuebles ubicados en calle Sarmiento nro. 132 y Francia, Moreno y Piñero e identificados catastralmente como Circ. I, Sección A, Mz. 29 Pc 9d y Circ I, Secc. A, Mz. 39, Pc. 6, a favor de la Asociación Civil “El Pinar del Oeste” con destino a la ejecución de un plan de viviendas.

Artículo 2º: La superficie objeto de enajenación se halla integrada por la parcela 9d de la Circ I, Secc A, Mz. 29, (con una superficie de 227,43 m2), el polígono demarcado en el plano 94-2-00, integrado por los inmuebles de Nomenclatura Catastral Circ. I, Secc A. Mz 39 ,Pc. 6 ,con una superficie de 4806,95 m2. ,con más el sobrante fiscal de Nomenclatura Catastral Circ. I, Secc A, Mz. 39 Pc. 1 ubicado con frente a la calle Sarmiento, con una superficie de 760,18 m2. y menos la superficie a ceder para la traza de la calle Piñero de 889,23 m2, tal como surge del mencionado instrumento.

Artículo 3°: El predio resultante de lo expresado y aprobado en el artículo precedente de una superficie total de 5795,56 es vendido a la entidad compradora por el precio total de pesos setenta y tres mil ochocientos ($ 73.800) y será abonado por ésta en el plazo de 10 años, mediante el pago de 120 cuotas mensuales iguales y consecutivas de pesos seiscientos quince ($ 615) con más un interés del seis por ciento ( 6 %) anual sobre saldos, a partir de que el Departamento Ejecutivo suscriba el respectivo contrato de compraventa.

Artículo 4°: Los ingresos a producirse por la venta objeto de la presente Ordenanza se imputarán al rubro 2.3.- “Venta de Activo Fijo” del Cálculo de Recursos vigente, debiendo el Departamento Ejecutivo adoptar las previsiones necesarias en los futuros proyectos de Presupuesto General de Gastos y Recursos para contemplar los respectivos ingresos de cada ejercicio.

Artículo 5°: Todas las erogaciones resultantes o que se deriven de los actos escriturarios, elaboración, confección o aprobación de documentación técnica, formalización de actuaciones registrales u otras tramitaciones necesarias para formalizar la enajenación aprobada por esta Ordenanza y transmitir el dominio de los inmuebles vendidos, serán por cuenta de la entidad adquirente en su totalidad, no siéndole reclamable a la Municipalidad de San Andrés de Giles importe alguno por ningún concepto.

Artículo 6°.- De forma.

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