ORDENANZA Nº 887
Visto:
La nota presentada por el Club Recreativo Rawson de San Andrés de Giles mediante la cual solicita autorización para la realización, con la colaboración del Club Almafuerte, de la Segunda Maratón “San Andrés” y el cierre de las calles de nuestra ciudad donde se desarrollará, el día 30 de noviembre del corriente año, y;
Considerando:
Que este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable al requerimiento, deseando además que la señalada iniciativa recreativa -organizada en adhesión a los festejos patronales- cuente con adhesión masiva y se desarrolle con el mayor de los éxitos;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Club Recreativo Rawson de San Andrés de Giles la realización de la Segunda Maratón “San Andrés” por las calles de nuestra ciudad, el día 30 de noviembre del corriente año.
Artículo 2º: Autorízase el cierre de las arterias de nuestra ciudad por las cuales se desarrollará la citada Maratón, desde el horario de su inicio -17:00 horas- y hasta completar el período de tiempo requerido para su total desenvolvimiento, según el siguiente detalle:
Calle Alem desde Rawson hasta Colectora Norte;
Colectora Norte hasta Avda. Cámpora;
Avda. Cámpora hasta calle Rivadavia;
Calle Rivadavia hasta Avda. Lucas Scully;
Avda. Lucas Scully hasta Avda. España;
Avda. España hasta calle Rawson;
Calle Rawson hasta calle Alem;
Artículo 3º: Los organizadores de la Maratón deberán coordinar los horarios y la forma de implementación del cierre de arterias autorizado por la presente con el Juzgado Municipal de Faltas.
Artículo 4º: Previa promulgación de la presente, comuníquese al Club Recreativo Rawson de San Andrés de Giles, al Juzgado Municipal de Faltas y a la Seccional local de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 5º: De forma.
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