ORDENANZA Nº 881
Visto:
La nota presentada por la Comisión Directiva de la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo, mediante la cual solicita autorización para la realización de la Quinta Edición de la Fiesta, en el predio del Parque Municipal, y;
Considerando:
Que la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo propicia un encuentro donde la comida autóctona y la música popular, como respectivas expresiones de la tradición y la cultura, revalorizan nuestro más genuino sentido de nacionalidad;
Que las sucesivas ediciones de la fiesta se desarrollaron cada vez con mayor éxito, habiendo obtenido dicho evento concurrencia multitudinaria y reconocimiento más allá del ámbito local y zonal;
Que, por lo expuesto, este Honorable Concejo Deliberante estima conveniente dar curso favorable al requerimiento, deseando además adherir a tan significativo acontecimiento para nuestra ciudad y destacar la labor desarrollada por la Comisión Directiva de la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo en la organización de las distintas ediciones del evento;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a la Comisión Directiva de la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo la realización de la Quinta Edición de la Fiesta y la utilización del predio del Parque Municipal, los días 22, 23, 24 y 25 de enero de 2.004, con motivo del desarrollo de la misma, disponiéndose como fechas alternativas -en caso de suspensión- los días 29, 30 y 31 de enero y 1 de febrero del mismo año.
Artículo 2º: Comprométase a la entidad peticionante a contar con los medios de seguridad necesarios y los baños correspondientes y a dar cumplimiento a todas las normas legales vigentes con relación al señalado evento.
Artículo 3º: Comprométase a la entidad peticionante a contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños personales y materiales de los asistentes y a hacerse cargo en forma exclusiva del pago de todo impuesto que genere el evento citado.
Artículo 4º: Comprométase a la entidad peticionante a mantener la totalidad de las instalaciones del Parque Municipal en óptimas condiciones, como así también a dejar en perfecto estado de higiene dicho predio, en forma posterior e inmediata al desarrollo del referido evento.
Artículo 5º: La Dirección de Deportes de la Municipalidad podrá autorizar a la Comisión Directiva de la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo, la utilización del predio del Parque Municipal los días previos y posteriores a la realización del evento, por razones de organización y limpieza.
Artículo 6º: Previa promulgación de la presente, comuníquese a la Comisión Directiva de la Fiesta Nacional del Chancho Asado con Pelo.
Artículo 7º: De forma.
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