BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

870/03: Donacion ofrecida a la Municipalidad por los artistas Negron y Schnor del monumento a emplazar en Av.Escully

ORDENANZA Nº 870

 
Visto:

La presentación formulada por los artistas Axa Negrón y Michael W. Schnorr, que diera origen al expediente Nº 4101-0280/03, y;

Considerando:

Que fundamentan su presentación en la intención de ofrecer en donación a la Municipalidad de San Andrés de Giles con destino a la comunidad, la mano de obra de un monumento de su autoría y ejecución, para ser colocado en un sitio público;

Que han denominado a dicha obra de arte “Como está el Campo, está la Ciudad”;

Que los materiales para la construcción de la misma fueron aportados por este Municipio;

Que corresponde al Cuerpo Deliberativo aceptar las donaciones que se ofrecen al Municipio;

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida a la Municipalidad de San Andrés de Giles, con destino a la Comunidad, por parte de los artistas Axa Negrón y Michael Schnorr, consistente en la mano de obra de un monumento de su autoría y ejecución que han denominado “Como está el Campo, está la Ciudad”, y para cuya construcción la Municipalidad ha aportado los materiales correspondientes.

Artículo 2º: Establécese como lugar de emplazamiento de dicha obra, el sector norte de la zona de camino correspondiente a la Avenida Lucas Scully, en la intersección de ésta con la prolongación imaginaria del eje de la calle Rivadavia.

Artículo 3º: Una vez promulgada la presente Ordenanza por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, incorpórase al Registro Patrimonial de la Municipalidad la referida pieza y adóptense los mecanismos necesarios a efectos de brindarle a la misma el debido resguardo y protección.
Artículo 4º: De forma.

No hay comentarios: