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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

863/03: Autorizar a los circulos criollos la construccion de un mural en el cementerio Norte (Placas recordatorias)

ORDENANZA Nº 863

Visto:

La solicitud presentada a este Cuerpo por la comunidad tradicionalista local, representada por los integrantes de los Círculos Criollos de nuestra ciudad, referida a la posibilidad de construir un mural para la colocación de placas recordatorias en el Cementerio Norte de nuestra ciudad, y;

Considerando:

Que dicho mural será un sitio de evocación permanente para los hombres que trabajaron con el fin de mantener viva la tradición, reivindicando y revalorizando la imagen de ese hombre solitario de las pampas que fuera hacedor del acervo bonaerense: “el gaucho”;

Que debemos rendir homenaje y mantener en la memoria colectiva gilense a quienes consolidaron durante su vida, con empeño y perseverancia, los ideales señalados;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase a la comunidad tradicionalista local, representada por los integrantes de los Círculos Criollos de nuestra ciudad, la construcción de un mural en el Cementerio Norte para la colocación de placas recordatorias en memoria de los hombres que trabajaron con el fin de mantener viva la tradición; debiendo la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad determinar el lugar exacto de emplazamiento y autorizar el diseño y la forma de ejecución del mismo.


Artículo 2º: Previa promulgación de la presente, comuníquese a los solicitantes y a la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad.

Artículo 3º: De forma.

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