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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

775/02: Otorgar el uso de las instalaciones del Matadero Municipal en concesion.

ORDENANZA Nº 775


Visto:

La actual situación del Matadero Municipal de San Andrés de Giles, y;

Considerando:

Que es competencia del H. Concejo Deliberante adoptar una decisión respecto a la adjudicación del uso de tal bien del dominio municipal;

Que, al respecto, se considera que la Licitación Pùblica constituye el mecanismo de adjudicación que asegura la mayor transparencia y legitimidad en el otorgamiento de uso de dichas instalaciones;

Que, a tal fin, corresponde elaborar, con la mayor premura posible, los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para impulsar el proceso licitatorio, fijándose a esos efectos algunas pautas mínimas a tener en cuenta;

Que, asimismo, y mientras transcurra el período necesario hasta la nueva concesión, cabe otorgar al Departamento Ejecutivo las atribuciones que le permitan evitar el cierre del Matadero, mediante el otorgamiento de un permiso transitorio, de carácter precario y arancelado;

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo otorgará el uso de las instalaciones del Matadero Municipal en concesión, en los términos del Capítulo VII de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a través del mecanismo de la Licitación Pública, en un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la vigencia de la presente.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a confeccionar los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones e impulsar el respectivo proceso licitatorio, con sujeción a las siguientes pautas:

a) Un plazo de concesión de dos años.

b) El pago de los cánones comprometidos se efectivizará íntegramente por adelantado.Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar el uso de las instalaciones del Matadero Municipal a través de un permiso precario durante el período que transcurra hasta el inicio de la nueva concesión que se dispone en el artículo primero de la presente, fijando las condiciones que regirán el mismo y un canon de explotación.

Artículo 4º: De forma.


Saludan a Ud. respetuosamente.

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