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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

770/02: Autorizar cierre de calle por celebracion del aniversario de la creacion de la Cruz Roja.

ORDENANZA Nº 770


Visto:

La nota presentada por Cruz Roja Argentina filial San Andrés de Giles mediante la cual solicita autorización para la realización de un espectáculo artístico en la calle Moreno entre Rivadavia y San Martín, el día 14 de septiembre del corriente año, y;
Considerando:

Que fundamenta el pedido de referencia la celebración del vigésimo aniversario de la creación de la filial local de Cruz Roja Argentina;

Que este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable al requerimiento, deseando además adherir a los festejos de tan significativo acontecimiento y destacar la labor desarrollada por dicha entidad, que durante estos años a dado sobradas muestras de solidaridad, sobre todo con los que menos tienen;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase el cierre de la calle Moreno entre Rivadavia y San Martín -desde las 19.00 horas del día 14 de septiembre del corriente año hasta las 3.00 horas del día siguiente- y la realización de un espectáculo artístico, con motivo de celebrarse el vigésimo aniversario de la creación de la filial local de Cruz Roja Argentina.
Artículo 2º: Comprométase a la entidad peticionante a contar con los medios de seguridad necesarios y los baños correspondientes y a dar cumplimiento a todas las normas legales vigentes con relación a un espectáculo artístico.
Artículo 3º: Comprométase a la entidad peticionante a contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños personales y materiales de los asistentes y a hacerse cargo en forma exclusiva del pago de todo impuesto que genere el espectáculo artístico citado.
Artículo 4º: Comprométase a la entidad peticionante a efectuar la limpieza de la calle a utilizar, en forma posterior e inmediata a la realización del espectáculo artístico señalado.

Artículo 5º: Previa promulgación de la presente, comuníquese a Cruz Roja Argentina filial San Andrés de Giles, al Juzgado Municipal de Faltas y a la Seccional local de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 6º: De forma.

Saludan a Ud. respetuosamente.-

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