ORDENANZA Nro. 731
Visto:
La nota presentada a este Cuerpo por el Sr. Hector Puyella, con referencia a rever el sentido de circulación de la calle Malvinas Argentinas entre Maestro Soulet y 9 de Julio, que actualmente es doble mano, y;
Considerando:
Que el asunto en cuestión fue consultado al Sr. Asesor Técnico de la Dirección de Obras y Servicios, quien lo evaluó y estimó conveniente dar curso favorable al citado requerimiento;
Que los argumentos esgrimidos por el solicitante, en cuanto al riesgo que genera la doble mano de circulación en el tramo indicado de la citada calle, son suficientemente válidos;
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Dispónese circulación vehicular de mano única, con sentido de oeste a este, en la calle Malvinas Argentinas desde 9 de Julio hasta Maestro Soulet.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Obras y Servicios, adoptará los recaudos necesarios a fin de implementar la señalización correspondiente.-
Artículo 3º: Previa promulgación de la presente, comuníquese al Tribunal de Faltas Municipal y a la Seccional local de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4º: De forma
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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