ORDENANZA Nro. 728
VISTO:
El ofrecimiento realizado por la vecina de nuestra ciudad Sra. Nélida Duarte de Rienzi, en los días previos a la Sesión Preparatoria celebrada el 9 de diciembre de 2001 por este Concejo; y
CONSIDERANDO:
Que propone donar un hermoso crucifijo bendecido, con destino a ser colocado en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en la pared posterior al Sitial de la Presidencia del Cuerpo.
Que, según sus propias palabras, es deseo de la Sra. Duarte de Rienzi que la Imagen de Jesucristo acompañe e ilumine la labor de todos los integrantes de este Departamento Deliberativo.
Que, conforme a lo estipulado en el Artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo debe aceptar las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad.
Por ello, el H.C.D. sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Acéptase la donación ofrecida a la Municipalidad de San Andrés de Giles por la Sra. Nélida Duarte de Rienzi (DNI Nº 10.987.172), consistente en un crucifijo construido en bronce y madera de 38 cm de alto y 25 cm de ancho, con destino a ser colocado en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en la pared posterior al Sitial de la Presidencia del Cuerpo.-
ARTÍCULO 2º: El mencionado crucifijo deberá ser incorporado al Patrimonio de la Municipalidad de San Andrés de Giles, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y demás normas legales conexas.-
ARTÍCULO 3º: Remítase copia de la presente a la vecina donante, Sra. Nélida Duarte de Rienzi.-
ARTÍCULO 4º: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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