ORDENANZA Nro. 669
VISTO:
Que ha vencido el plazo de tres meses implementado en carácter de programa piloto para el estacionamiento vehicular en doble mano en las calles Rivadavia, San Martín y 25 de Mayo, en el tramo comprendido entre Quintana y Saavedra de esta ciudad, establecido por Ordenanza Nro. 623 del 11/10/00; y:
CONSIDERANDO:
Que si bien esta medida está dando óptimos resultados en cuanto a una mejor circulación y ordenamiento del tránsito.-
Que de acuerdo con evaluaciones realizadas ha encontrado una muy favorable acogida en la comunidad.-
Que por lo expuesto es necesario prorrogar por un nuevo período determinado de tiempo la implementación de dicho programa.-
Por ello, el H.C.D. sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Prorrógase a partir de la promulgación de la presente Ordenanza hasta el 30 de abril de 2002 la implementación del programa piloto establecido por Ordenanza Nro. 602.-
ARTÍCULO 2: Efectúese una amplia difusión a través de los medios de comunicación locales, de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Sr. Comisario de Policía, al Tribunal de Faltas, regístrese y archívese.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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