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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1331/08: Aprobacion de Planos de Quevedo, Yacoy.

ORDENANZA Nº 1332


Visto:

Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-0359/08;

Considerando:

Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, referente a la aprobación del proyecto de “ Mensura, División y cesión de calles” correspondiente a la fracción de terreno identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción II Sección A, Quinta 4 Parcela 10 del partido de San Andrés de Giles;

Que el borrador del proyecto, propone una apertura de calle dentro del ancho de la parcela, y la misma no se encuentra en el trazado preventivo del Código de Ordenamiento, y no existen prolongaciones de calles existentes.

Que la zona complementaria agropecuaria Sector II, que incluye las parcelas que nos ocupan, prevé subdivisiones de 40 mts. de frente y 2000 mts. 2 de superficie, con carácter agropecuario intensivo y extensivo.

Que a partir del estudio del sector, surge claramente la tendencia a subdividir en menores dimensiones las parcelas existentes, en virtud de la consolidación de la zona urbana, generando mayor relación entre los bordes de la zona urbana y la zona complementaria.

Que en su dictamen técnico, el Sr. Director de Planeamiento , propone en cuanto a cesión de la calle, la apertura de manera que las posibles divisiones futuras configuren parcelas claras y de fácil acceso, habiendo agregado al dictamen, croquis del Sector con indicación de trazado de futuras calles ( fojas 9/11).

Que asimismo, han sido incorporados dictamenes del señor Asesor Técnico y el Sr. Asesor Letrado de la Municipalidad.

Que la calle propuesta, cumple con el ancho mínimo reglamentario.

Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a visar el plano de mensura, división y cesión de la calle obrante a fs. 2/3 del expediente N° 4101-359-Q-2008, que prevee la apertura de calle a ceder – no prevista en el trazado original -

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción de alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo del propietario cedente. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito indispensable proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, se incorporará la misma al dominio municipal . El Departamento Ejecutivo dispondrá cuando lo considere conveniente o necesario, la liberación al uso público de la calle cedida. Hasta su liberación, todas las tareas y costos que deriven del espacio cedido para calle, serán por cuenta y cargo del cedente.

Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2008.-

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