ORDENANZA Nº 1331
Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-00661/08; y
Considerando:
Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio por parte del Sr. Roberto Antonio Prado,
referente a la aprobación del proyecto de Mensura, División y cesión de calles dentro de los límites de la parcela designada con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Parcelas 97c del partido de San Andrés de Giles;
Que, el proyecto propone una apertura de calles que no se encuentran en el trazado preventivo del Código de Planeamiento, ni constituyen prolongaciones de calles existentes.
Que la zona complementaria residencial sector 1, prevé subdivisiones de parcelas de 40 metros de frente mínimo y superficie mínima de 2000 m2, y con carácter de uso residencial exclusivo.
Que, el lote se encuentra ubicado con frente al Acceso Colón, con fondos a las vías del ferrocarril y a la zona complementaria mixta, la cuál tiene características agropecuarias en la actualidad y, por su ubicación, tendrá un trazado particularizado sin continuidad con el macizo conformado por los lotes con frente al Acceso.
Que, la calle propuesta deberá cumplir con el ancho mínimo reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su recepción definitiva por el Municipio.
Que la Secretaría de Obras Públicas del Municipio ha emitido su respectivo dictamen, como así también la Asesoría Letrada.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a visar el plano de mensura, división y cesión de calles obrante a fs. 3/5 del expediente N° 4101-00661-P-2008, para el inmueble de Nomenclatura Catastral Circ. II, Parcela 97c, que prevé la apertura de calles dentro del ancho de la parcela, no previstas en el trazado preventivo del Código de Planeamiento , no existiendo además prolongaciones de calles que se conecten con dicha parcela.
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, desplazamiento de alambrados, alcantarillados , desagües y demás obras que demande la apertura de las calles y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo del propietario cedente. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérese al uso público la calles abiertas, e incorpórense las mismas al dominio municipal.
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2008.-
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