ORDENANZA Nº 1269
Visto:
El Expediente Nº 4101-0052/08, por el cual se tramita la desafectación de un tramo de 4.359,37 m2 de la calle situada, en el Sector Industrial Municipal, entre la Parcela 1 y parte de la Parcela 2 de la Fracción II - Sección C - Circunscripción II y la Parcela 1a de la Fracción I - Sección C - Circunscripción II ; y
Considerando:
Que dicha calle, cedida por Plano 94-10-59, nunca fue librada al uso público y las parcelas entre las que se ubica son de propiedad de la municipal, pudiendo servir sólo a las mismas y eventualmente a la Parcela 36d de la Fracción II - Sección C - Circunscripción II que posee un amplio frente al camino que une a la Localidad Cabecera del Partido de San Andrés de Giles con la localidad de Azcuénaga;
Que es primordial anexar la calle en cuestión a las correspondientes parcelas del Sector Industrial Planificado a concretarse, constituyendo esta anexión y subdivisión una de las últimas gestiones requeridas para concluir las actuaciones administrativas tendientes a lograr la pertinente aprobación provincial del agrupamiento industrial, lo que permitirá ofrecer a las Industrias que allí se radiquen –por un lapso de diez años- los beneficios tributarios dispuestos por la Ley Provincial de Promoción Industrial, a la que nuestra Comuna se encuentra adherida;
Que es fundamental promover la expansión de la actividad industrial en nuestra ciudad, tendiendo a la radicación de nuevas industrias y a la generación de puestos de trabajo genuino, procurando aumentar las posibilidades de desarrollo y movilidad social de nuestros convecinos;
Que, al respecto, se han expedido la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Asesoría Letrada de la Comuna;
Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a la tramitación de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Desaféctase del dominio público un tramo de 4.359,37 m2 de la calle situada, en el Sector Industrial Municipal del Partido de San Andrés de Giles, entre la Parcela 1 y parte de la Parcela 2 de la Fracción II, Sección C, Circunscripción II y la Parcela 1a de la Fracción I, Sección C, Circunscripción II, que fuera cedida por Plano 94-10-59 y no fuera librada al uso público.
Artículo 2º: La fracción correspondiente a la calle, cuya desafectación del dominio público se dispusiera en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, será anexada a la Parcela 1a de la Fracción I, Sección C, Circunscripción II del Partido de San Andrés de Giles.
Artículo 3º: Apruébase el proyecto de mensura, unificación, subdivisión y anexión de fecha febrero de 2008, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2008.-
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