ORDENANZA Nº 1164
Visto:
El ofrecimiento formulado a la Municipalidad de San Andrés de Giles, por parte de la Asociación Cooperadora del Hospital San Andrés, con domicilio en calle Rawson Nº 335 de San Andrés de Giles;
Considerando:
Que propone materializar la donación de elementos sanitarios con destino a los servicios que brindan, el Hospital Municipal “San Andrés” y las Salas de Atención Primara para la Salud, dependientes del mismo .
Que constituye facultad del Honorable Concejo Deliberante aceptar o rechazar las donaciones y legados que se ofrezcan al Municipio.
Que así lo establece el Artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida a la Municipalidad de San Andrés de Giles por la Asociación Cooperadora del Hospital San Andrés, con domicilio en calle Rawson Nº 335 de esta ciudad , consistente en los siguiente elementos para equipamiento sanitario:
Cantidad y descripción:
Un (1) Electrobisturí Marca UEROS 117 Urotom
Una (1) Mesa para Instrumental de acero inoxidable con pie de hierro y ruedas .
Una (1) Incubadora de Traslado Marca MEDIX Modelo TR1
Un (1) Equipo cardiodesfibrilador Modelo 648/5 marca“CRHOMICRON”
Un (1) Equipo de cauterización
Un (1) Equipo de Ultrasonido para Kinesiología.Marca SonoTherp 880-modelo Medite A
(Electromedicina)
Artículo 2º: Bríndese a los elementos detallados precedentemente, el destino propuesto por la institiución donante, es decir los servicios que prestan el Hospital Municipal San Andrés y las Salas de Atención Primaria de la Salud, dependientes del mismo.
Artículo 3º: Una vez promulgada la presente por parte del Departamento Ejecutivo, incorpórense al Patrimonio Municipal los bienes donados.
Artículo 4º:Remítase copia de la presente a la Institución donante.-
Artículo 5º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veintidós de noviembre de dos mil seis.
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