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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1140/06: Autorízar a la Cruz Roja a realizar los Corsos Oficiales de Carnaval 2007.

ORDENANZA Nº 1140

Visto:

La nota presentada por la Cruz Roja Argentina, Filial San Andrés de Giles, mediante la cual solicita autorización para la realización de los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2007 en calle Rivadavia entre Alsina y Moreno, y

Considerando:

Que la solicitud de referencia ha sido presentada en los plazos establecidos por la Ordenanza 501/99;

Que la Filial San Andrés de Giles de la Cruz Roja Argentina, resulta ser la única entidad de bien público que ha solicitado la organización de los Corsos del Carnaval 2007;

Por ello el H.C.D en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase a la Cruz Roja Argentina, Filial San Andrés de Giles a realizar los Corsos Oficiales de Carnaval 2007 los días 3, 4, 10, 11, 17, 18, 25 y 26 de febrero de 2007, desde la hora 21:00 hasta la hora 00.00. del día siguiente, en la calle Rivadavia, entre las calles Alsina y Moreno, con entrada libre y gratuita.

Artículo 2º: Autorízase a la entidad organizadora a vender, durante la realización de los Corsos, alimentos, bebidas y artículos de cotillón, respetando estrictamente las normas legales vigentes.

Artículo 3º: La institución organizadora deberá solicitar la correspondiente autorización para el cierre de calles ante el Departamento Ejecutivo, conforme a lo establecido en la Ordenanza 944/04. Asimismo deberá contratar, a su cargo, el seguro de Responsabilidad Civil, por eventuales daños sufridos por los concurrentes al evento.

Artículo 4º: La comisión organizadora deberá disponer las medidas necesarias para la limpieza de las calles sede del evento, con posterioridad al cierre del mismo.

Artículo 5º: De forma
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veinte de setiembre de dos mil seis.-

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