ORDENANZA Nº 1138
Visto:
El expediente nro. 4101-0364/06, y
Considerando:
Que en el mismo, se encuentran contenidas las actuaciones relacionadas con la repavimentación, bacheo, pavimento asfáltico nuevo y slurry en distintas calles de la zona urbana de nuestra ciudad, y en las distintas localidades del Partido, de conformidad con los anexos III- I III-2 III-3 III-4 y III-5 de este expediente .
Que las citadas calles, en las cuáles se realizarán las obras, se encuentran descriptas en el mentado expediente.
Que resulta sumamente necesaria las realización de estas obras, teniendo en cuenta la importancia de las mismas para los vecinos de nuestro Partido, en virtud del deterioro constante que sufren las arterias debido a las fallas técnicas de origen.
Que el Municipio debe realizar en forma constante erogaciones relacionadas con material para bacheo, personal, vehículos y herramientas , para corregir los graves desgastes que se producen en el pavimento, los cuáles se incrementan en forma notoria con el transcurso del tiempo.
Que con la realización de esta propuesta, se cambiaría la fisonomía de las calles y disminuiría el gasto que en concepto de bacheo, se produce anualmente en las zonas a recuperar.
Que surge de las presentes actuaciones la necesidad de incrementar el cálculo de recursos y el Presupuesto de Gastos vigente, para la realización de esta obra.
Que a través de lo dispuesto en el artículo 120 inciso 1 de la Ley Orgánica Municipal, se cuenta con la posibilidad de autorizar mediante ordenanza del HCD el incremento del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos vigente, creando y/o ampliando partidas, utilizando para ese fin el superávit existente en la cuenta Resultado Acumulado de Ejercicios.
Se deja constancia que los fondos emergentes de la modificación del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos vigente, no serán suficientes para la financiación total de la obra, por lo que se requerirán a la Provincia fondos no reintegrables y/o la modificación del anexo I del convenio de adhesión al Programa de Financiamiento de la Inversión Pública Municipal.
Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente, ampliando la siguiente partida , por el monto que a continuación se detalla:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 3- SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
PROGRAMA 1- SERVICIO EJIDO URBANO
SECCION 2- EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 - INVERSION FISICA
INCISO 2 – TRABAJOS PUBLICOS
P.P. 10 “ Pavimentación y mejorado de calles de San Andrés de Giles”................ $ 900.000
Artículo 2º: Tómese de la cuenta Resultado Acumulado de ejercicios, la suma de $ 900.000, para financiar lo establecido en el artículo anterior, incrementando el cálculo de recursos creando y/o ampliando la siguiente partida:
SECCION 4 – SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
Sector 12 – Saldos de resultados acumulados de ejercicios.....................$ 900.000
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veintitrés de agosto de dos mil seis.-
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