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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1072/06: Convalidar la prórroga del Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

ORDENANZA Nº 1072


Visto:

El convenio suscripto con fecha 1º de julio de 2000, entre el Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano y la Municipalidad de San Andrés de Giles Jardines Maternales, Casas del Niño y Centros de Atención Integral, dependientes de la Dirección de Políticas Alimentarias correspondientes a los Programas “Promoción a la Infancia” y Programa de 2 a 5 años;

Considerando:

Que durante los períodos 2001; 2002 , 2003 y 2004 , el Honorable Concejo Deliberante ha homologado mediante Ordenanzas No 666/01; No.828/03 ; No 890/03 y 1078 /04 respectivamente , la extensión de las prórrogas del convenio original, dispuestas a través de sendas resoluciones emanadas del Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo .

Que las constancias se encuentran agregadas a los expedientes 4101- 0053/2003; 4101-481/04 :

Que mediante la Resolución 11118 No. 892 , del Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo, se aprueba la prórroga de los convenios celebrados con las distintas instituciones conveniadas , en el marco de los Programas “ Desarrollo para la Infancia”

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente :

ORDENANZA

Articulo 1º: Convalidar la prórroga aprobada mediante resolución 11118 Nº 892/ 2005 del Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo de la Provincia de Buenos Aires –para el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2005- del Convenio suscripto oportunamente entre el Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano y la Municipalidad de San Andrés de Giles, que tiene por objeto la implementación de Centros de Atención Integral para la atención gratuita de niños de ambos sexos de 2 a 5 años de edad, de acuerdo a las actuaciones glosadas en el expediente 4101-0051 y sus antecedentes, expedientes Nº 0053/03 y 4101-0481/2004.-
Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir la documentación que resulte necesaria tendiente al cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Extraordinaria celebrada el día primero de febrero de dos mil seis.

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