ORDENANZA Nº 1040
Visto:
La nota presentada por la Cruz Roja Argentina, Filial San Andrés de Giles, mediante la cual solicita autorización para la realización de los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2006 en calle Rivadavia entre Alsina y Belgrano,
La Ordenanza Nº 944/ 04 que delega en el Departamento Ejecutivo Municipal la facultad de autorizar el cierre de calles y:
Considerando:
Que, vencido el plazo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 501/99, La Cruz Roja Argentina , Filial San Andrés de Giles es la única entidad de bien público local que solicitó la autorización para organizar los Corsos Oficiales de Carnaval correspondientes al año próximo;
Que, la entidad peticionante tiene experiencia en la realización de el referido evento
Que, la entrada a los Corsos será totalmente gratis;
Por ello el H.C.D en uso de atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente :
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a la Cruz Roja Argentina, Filial San Andrés de Giles a realizar los Corsos Oficiales de Carnaval durante el mes de febrero del año 2006.
Artículo 2º: Autorízase a la entidad organizadora a vender alimentos, bebidas y artículos de cotillón, en un todo de acuerdo a las normas legales vigentes.
Artículo 3º: La institución organizadora deberá solicitar la correspondiente autorización para el cierre de calles ante el Departamento Ejecutivo, conforme a lo establecido en la Ordenanza 944/04 , como así también coordinar los días durante los cuales se desarrollarán los Corsos a fin de evitar superposiciones con otros eventos.
Artículo 4º: Comuníquese a la Cruz Roja Argentina, Filial San Andrés de Giles y al Departamento Ejecutivo
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día diecisiete de agosto de dos mil cinco.
No hay comentarios:
Publicar un comentario