BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

265/95: Modifícacion de la Ordenanza Nº 256.

ORDENANZA N 265

VISTO:

La Ordenanza N 256 en la que se crea la zona Distrito Urbanizado Especial el predio cuya designación catastral es: Circ. II, Parc.ll8 ar y ll8 as y la Ordenanza 254 por la que se autoriza al D.E. a suscribir la documentación para implementar el canje del predio Nomenclatura Catastral, Circ.II, parc.ll8 ar y ll8 as.,y:

CONSIDERANDO:

Que ambas normas legales fueron sancionadas antes de que se realizara el plano de subdivisión del predio propiedad de la señora Isabel García.

Que del nuevo plano de subdivisión realizado surge la nueva designación parcelaria.

Por ello, el H.C.D., sanciona con fuerza de:

0RDENANZA

ARTICULO 1: Modifícase el artículo lro. de la Ordenanza Nro. 256 que deberá decir "Créase en el area complentaria de San Andrés de Giles, la zona Distrito Urbanizado Especial, el predio cuya designación catastral es: Circ.II, Parc. ll8 cp, con una superficie de 30.008.m2. con el único fin de concretar el Plan Familia Propietaria, condicionándose expresamente dichas modificaciones urbanísticas a la futura adquisición por el Municipio de las mismas".

ARTICULO 2: Modifícase el artículo 1ro. de la Ordenanza Nro. 254 que deberá decir: "Autorízase al D.E., a suscribir toda la documentación necesaria para implementar el canje ya sea como permuta o compraventa simultánea del predio cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. II, Secc. C, Fracción III, Parc. 3-a, propiedad de la Municipalidad de San Andrés de Giles, por el predio cuya nomenclatura catastral es Circ. II, Parc. 118 cp cuyas medidas son: al Norte lindando con calle Belgrano 149,50 m. y 272 m lindando con la parc. 118 cn, encerrando una superficie de 30.008 m2.".-

ARTICULO 3: De forma.-

Saludan a Ud. respetuosamente.-

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